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¿Cómo puedo acreditar el alojamiento en España como requisito de entrada?
Los extranjeros que desean entrar a España deben cumplir una serie de requisitos. El cumplimiento de estos requisitos es exigible, no sólo en los casos en los que existe la necesidad de pedir visa o visado, sino también en el caso de aquellos nacionales para los que no se les pide esta exigencia de visa.
Vicente Marín, abogado experto en Derecho de Extranjería y Nacionalidad Española y Director del portal Parainmigrantes.info te lo explica todo en el siguiente vídeo.
Los extranjeros de países a los que no se les pide visa para entrar a España deben acreditar el cumplimiento de estos requisitos en el momento de la entrada a España si así es exigido por las autoridades españolas de frontera
Si un extranjero que no necesita visa para la entra a España no cumple alguno de estos requisitos, la entrada a España y al Espacio Schenguen puede ser denegada.
Si por el contrario, el extranjero necesita visado para entrar en España, éste deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos antes de efectuar el viaje. En concreto, deberá solicitar el correspondiente visado a través del Consulado español en su país.
Entre los requisitos exigidos para la entrada en España en calidad de turista, el interesado deberá aportar los billetes de ida y de vuelta; medios económicos suficientes para su sustento y manutención durante el periodo de estancia en nuestra país, así como para garantizar el retorno; un seguro médico y acreditar las condiciones del viaje, como el alojamiento.
Pero, ¿cómo podemos acreditar la disponibilidad de alojamiento durante el periodo de estancia en España?
Pues bien, tenemos dos opciones:
Si el motivo de nuestro viaje es visitar a un amigo o familiar en España, y vamos a quedarnos en su domicilio durante nuestra permanencia en el país, éste puede solicitar una carta de invitación para que el interesado pueda presentarlo en el Consulado con el resto de documentación (si se le exige visado para entrar en España) o bien, llevarlo consigo en el momento de efectuar la entrada por si el funcionario nos lo requiere en frontera (si no necesitamos visado para entrar). En ambos casos, este documento nos permitiría acreditar que disponemos de alojamiento durante el periodo de estancia en España.
Pero, ¡cuidado!, esta carta de invitación lleva implícita la obligación de retorno del extranjero a su país de origen una vez finalizado el plazo establecido en la propia carta. El incumplimiento de esta obligación podría tener consecuencias, tanto para el invitado como para el invitante.
Si por el contrario, no cocemos a nadie en España que pueda acogernos durante nuestra estancia, el interesado podría aportar las reservas de hotel pagadas para acreditar la disposición de alojamiento.
-¿Los ciudadanos de qué países necesitan visado para entrar en España? ¿Y cuáles no?
-Documentos para solicitar un visado Schengen.
-Entrada en España sin necesidad de visado.
-Denegación de entrada por falta de alojamiento.
-Medios económicos necesarios para entrar en España.

Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada
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Hola, quería saber como puedo acreditar el alojamiento si estaré en una estancia de larga duración por menos de 180 días (y más de 90). Tengo un familiar que me alojará allá, sirve la carta de invitación? o que más necesito?