Hoy se celebra el 70 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, conmemorando que el 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el documento histórico que proclamó los derechos inalienables inherentes a todos los seres humanos.
Como cada 10 de diciembre, hoy se celebra el Día de los Derechos Humanos conmemorando el aniversario en que la Asamblea General adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos, en 1948.
El Día de los Derechos Humanos de este año está marcado por la conmemoración de los años 70 años de dicha declaración, un documento histórico donde se proclamaron los derechos inalienables e inherentes a todos los seres humanos sin distinción de raza, color, religión, sexo, idioma, origen nacional o social, lugar de nacimiento, estrato social o cualquier tipo de opinión política o ideológica.
El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos, elaborada por representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales.
La Declaración Universal de Derechos Humanos ha sido traducida a más de 500 idiomas, lo que le ha hecho ganar el Récord Guinness mundial por ser el documento accesible en más lenguas. A pesar de ello, todavía queda mucho trabajo por hacer para que cada ser humano en cada rincón del planeta tenga el conocimiento de los derechos básicos a los que tienen garantía.
La Declaración Universal de Derechos Humanos consta de 30 artículos entre los que destacan:
Artículo 1.
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 4.
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 18.
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 22.
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 26.
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Esta declaratoria busca “como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Al resto del contenido de la Carta se puede acceder pulsando en Declaración Universal de Derechos Humanos.
Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. 18100 Armilla – Granada