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Son muchas las personas que acceden por primera vez a una autorización de residencia y/o trabajo en España, a través del conocido Arraigo Social.
El contenido de esta noticia ha sido actualizado a fecha 16 de agosto de 2022, con motivo de la entrada en vigor de la Reforma del Reglamento de Extranjería. EN BREVE actualizaremos el vídeo correspondiente sobre las 10 claves para solicitar el Arraigo Social en España en la actualidad.
Como ya hemos explicamos en otras muchas noticias, el arraigo social es un proceso de regularización de todas aquellas personas que nunca han tenido un permiso de residencia en España, o si lo han tenido, lo han perdido y han quedado de forma irregular en nuestro país.
En este artículo, queremos centrarnos en las 10 claves para solicitar con éxito, el Arraigo Social.
Vicente Marín, abogado experto en derecho de extranjería y nacionalidad española y director de Parainmigrantes.info, nos explica las 10 claves del Arraigo Social en el siguiente vídeo:
Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.
Tiempo de permanencia en España
Para poder solicitar el Arraigo Social, es muy importante que cumplas previamente con el tiempo de permanencia exigido en España.
Como bien sabéis, para poder acceder a esta Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, Arraigo Social es totalmente obligatorio llevar en España como mínimo, 3 años.
Es importante que respetes ese tiempo, y que lo hayas cumplido ya, en el momento de solicitud.
Si en un momento dado, haces la solicitud de tu arraigo Social antes de cumplir esos 3 años, tu solicitud será, o bien inadmitida a trámite o bien denegada.
En definitiva, cuando presentes la solicitud de tu Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, Arraigo Social, debes llevar en España 3 años y al menos 1 día.
Tres años continuados en España
Como hemos comentado anteriormente, es necesario acreditar tres años de permanencia en España, para poder acceder al Arraigo Social. Es necesario que esta permanencia además, sea continuada y previa a la solicitud.
Para que este plazo de permanencia en España se entienda que ha sido continuado, no podemos tener salidas de más de 120 días en ese periodo de tres años.
Empadronado durante 3 años
No es obligatorio que hayas estado empadronado durante los 3 años previos a tu solicitud.
La permanencia en España se puede acreditar a través de cualquier medio de prueba, y no únicamente a través del empadronamiento. En este caso, si no dispones de un empadronamiento continuado durante los tres años previos a tu solicitud, no te preocupes. Simplemente debes localizar documentación adicional, a través de la cual puedas acreditar que has permanecido en España.
Documentos que acrediten tu permanencia
Es muy importante que junto con tu solicitud, aportes toda la documentación que dispongas, sobre tu permanencia en España. En este sentido, puedes aportar tanto documentación pública como documentación privada.
Aquí puedes aportar cualquier documento donde aparezca la fecha y tu nombre completo. Puedes aportar, certificado médico, facturas, envíos de dinero, cuenta bancaria, etc.
Aquí es recomendable aportar toda la documentación que dispongas, para que la Oficina de Extranjería pueda comprobar así que tu permanencia ha sido continuada en España durante los 3 años previos a la solicitud. En ningún caso, el funcionario que te atienda se puede negar a recoger toda la documentación que lleves.

No tener Antecedentes Penales
Es muy importante que no tengas ningún tipo de antecedente penal, ni en España, ni en tu país de origen o procedencia.
Estaríamos hablando en todo momento, de no haber cometido ningún delito de los existentes en el ordenamiento español.
Para poder acreditar este requisito, deberás aportar el Certificado de Antecedente Penal expedido por las Autoridades del país o países en los que hayas residido durante los cinco años anteriores a la entrada a España.
En cuanto a los antecedentes penales en España, no te preocupes, la Oficina de Extranjería correspondiente consultará de forma interna estos datos.
Contrato de trabajo
Otro de los puntos más importantes para tramitar el Arraigo Social, es contar con una oferta de empleo.
Y es que deberás contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario que garantice al menos el salario mínimo interprofesional o el salario establecido, en su caso, en el convenio colectivo aplicable, en el momento de la solicitud, y cuya suma debe representar una jornada semanal no inferior a treinta horas en el cómputo global y garantizar al menos el salario mínimo interprofesional.
El contrato podrá tener una duración de mínimo 20 horas en los casos que se acredite tener a cargo menores o personas que precisen medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica. Podrá presentarse más de un contrato de trabajo en los siguientes supuestos:
1.º En el caso del sector agrario, cabrá la presentación de dos o más contratos, con distintos empleadores y concatenados, cada uno de ellos.
2.º En el caso de desarrollo de actividades en una misma o distinta ocupación, trabajando parcialmente y de manera simultánea para más de un empleador, se admitirá la presentación de varios contratos.
Arraigo Social sin contrato de trabajo
¿Puedo solicitar un Arraigo Social sin contrato de trabajo? Sí.
En caso de que no dispongas de una oferta o un contrato de trabajo, podrás presentar un Arraigo Social con un proyecto empresarial, es decir, crear tu propia empresa, o bien aportando recursos económicos propios.
También podrás hacer un arraigo social sin contrato de trabajo, aportando los medios económicos de un familiar, como los medios económicos de tu cónyuge.
Informe de Inserción Social
Otro de los documentos que debemos aportar en nuestra solicitud es el Informe de Inserción Social. Con este informe lo que conseguimos es acreditar la integración en España.
Estos informes se emiten por la Comunidad Autónoma donde vivas.
En caso de que tengas en España familiares directos, y que tengan una residencia legal en nuestro país, no será obligatorio aportar dicho Informe de Inserción Social (siempre que estés solicitando tu Arraigo Social con una contrato de trabajo).
Cómo solicitar el Arraigo Social
Normalmente la Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, Arraigo Social, se debe solicitar en la Oficina de Extranjería de tu ciudad, de forma personal y es necesario cita previa.
Además desde hace ya algunos meses es posible hacer la solicitud del Arraigo Social también a través de internet, concretamente a través de la plataforma Mercurio y en este caso necesitarás disponer de un Certificado Digital.
Debes tener en cuenta que no podrás presentarlo en cualquier Oficina, debe ser en la que te corresponda por tu domicilio. Es decir, que si vives en Madrid, deberás hacer la presentación de tu Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales en la Oficina de Extranjería de Madrid.
Es importante que una vez dispongas de toda la documentación necesaria, consultes con un especialista cómo solicitar tu arraigo, ya que por ejemplo, durante el estado de alarma, es posible hacer la solicitud de forma telemática.
Asesórate con un especialista
El Arraigo Social es un trámite que necesita de mucha documentación, tiene muchos requisitos, y algunas veces suele dar problemas. Así y para evitar que tu proceso se retrase, o sea denegado, lo más recomendable es que revises con un experto tu expediente, para no correr ningún riesgo.
Si quieres hacer algún trámite de Extranjería o si quieres presentar tu Solicitud de Nacionalidad Española, cuenta con un equipo experto en la materia. Rellena este formulario de contacto y te llamamos para comenzar con todo cuanto antes.


Hola ¿Es necesario alquiler de local para optar por el arraigo por cuenta propia? cuántos cobras por hacer el trámite?
Mi idea es abrir una SL, de servicios inmobiliarios. Gracias.
Depende… Escríbenos y te contactamos https://www.parainmigrantes.info/contratar-a-un-abogado-experto-en-extranjeria/
Buenos días,
Con la nueva ley emitida en agosto 2022, cuanto debe declarar la persona que me da el contrato, Empresa S.L
Gracias, quedo atenta
Line te dejamos información sobre los medios económicos del empleador https://www.parainmigrantes.info/medios-economicos-del-empleador-para-el-arraigo-social-335/
Hola, tengo contrato indefinido desde hace 1 año y medio, y el padrón en España de casi 4 años. Pero tengo la tarjeta Roja de asilo, que vía es la mejor en mi caso. No quiero quedarme irregular y perder mi trabajo. Me acaban de dar No favorable a la petición de arraigo laboral. No quiero seguir perdiendo el tiempo y dinero. Me podrían ayudar?
May, para ver tu caso en detalle y ayudar a resolver tus dudas, te recomendamos que nos contactes a nuestro número de asesoría https://www.parainmigrantes.info/telefono-de-informacion-y-asesoria-en-materia-de-extranjeria/
Hola, para el arraigo laboral el contrato de trabajo puede presentarse con una duración de tres meses?
Yiran para el arraigo laboral no hace falta aportar un contrato. Si te refieres al arraigo social sí que se podría aportar ese contrato ya que la ley no indica duración
Hola mi amiga es latina no se concretamente de donde lleva empadronada en Valencia mas de 3 años entro aqui en avion no tiene familia que puede hacer para trabajar que debe hacer una persona que la quiera contratar?
Vicente podría tramitar el arraigo social. Te dejamos aquí toda la información https://www.parainmigrantes.info/arraigo-social/
Hola, quisiera solicitar un presupuesto de trámite de residencia, tengo un permiso de estancia por una beca de estudios de Máster
María escríbenos aquí https://www.parainmigrantes.info/contratar-a-un-abogado-experto-en-extranjeria/
hola mi problema es reciente hace unas semanas atrás me entere de que ya me concedieron la nacionalidad española por residencia pero después de abrir mis notificaciones me doy con la sorpresa que ya se había vencido hace un mes y ahora estoy tratando de sacar cita para hacer la pre jura pero esta muy complicado me daría una sugerencia de como recuperar mi nacionalidad por favor gracias espero su respuesta lo mas pronto posible
Hola, tengo dos años en españa y estoy aqui con NIE de estudiante, se que luego de 3 años puedo pedir el arraigo social, eso es lo que pretendo hacer en octubre del 2021 cuando cumpliria 3 años aqui. el problema es que he estado fuera de espana en estos dos años por 74 dias, pero en noviembre estare 76 dias, por que regresare a medidados de enero, eso hace que mis dias fuera de espana en los 3 anos previos a pedir el arraigo social ha sido de 150 dias fuera, igual podre pedir el arraigo social? hay alguna manera de hacerlo teniendo mas de 120 dias fuera, he estado todo el tiempo en situacion legal de estudiante, nunca como ilegal.
No se si esto pueda ayudar en algo, pero necesito saberlo
Espero su respuesta
Gracias
Camila en este caso de cara al arraigo social es importante no sobrepasar ese tiempo fuera de España. Si lo superas el arraigo será denegado. Aquí lo mejor sería hacer una modificación de estancia por estudios a un cuenta ajena o un cuenta propia, así no interrumpes tu residencia en España de cara a otros futuros trámites
Hola Vicente .
Tengo 3 años y 9 meses de vivir en España y al mismo tiempo de empadronada y no he podido hacer mis papeles ..
Soy nicaragüense.
Ke tengo ke hacer para hacerme autonoma para sacar mis papeles ..
Como me.puedes ayudar yo vivo en velez rubio Almería..
Nayak podemos ayudarte con todo el proceso, escríbenos y vemos tu caso https://www.parainmigrantes.info/contratar-a-un-abogado-experto-en-extranjeria/
Hola, ya llevo 4 años y voy a solicitar arraigo social, pero no he podido conseguir el contrato de trabajo.
He trabajado 11 meses por ett pero me han echado porque el permiso ya caduco.
Esos 11 mese sirven de algo para solicitar el arraigo o es obligatorio en contrato de trabajo?
Gracias
Buenos días,
Soy una mujer Ucraniana, presenté la documentación por mi hijo menor de edad el día 29/10/20 y hasta este momento no he recibido la respuesta (11/02/21) de Extranjería de Murcia.
No se porque todavía no me ha mandado la carta.
Gracias,
Un saludo,
Hola!
Llegué en Sep 2015 a hacer un máster, estuve hasta Oct 2017 sin salir (solo 6 días al UK), así que me fui en Oct y regresé en Sep 2018 (es decir, casi 1 año fuera, solo estuve unos cuantos días en el verano aquí en España).
A hoy ya llevo otra vez más de 2 años aquí.
Siempre he estado con visado de estudios (tuve TIE), excepto cuando me fui, claro, que no lo renové. Tuve que volverlo a solicitar en Colombia cuando quise regresar.
Tuve padrón de Dic de 2016 a Oct 2018, hasta que me dieron de baja (es decir, 22 meses). Luego me volví a dar de alta en Ene 2019 a hoy día (Nov 2020), es decir 22 meses más empadronado. Aunque tengo historial médico de Sep 2019 aquí, es decir, puedo demostrar justo desde que llegué.
Sigo también con el mismo pasaporte vigente desde 2015, en donde figura todo esto.
En los últimos 2 años he salido sin pasarme de los 120 días, y no planeo hacerlo de aquí a Sep 2021, cuando cumpliría los 3 años.
Sin embargo, mi pregunta es, ¿con este historial (más de 5 años ya, con idas y venidas), no sería posible que me dieran el arraigo social en este momento? Sabiendo lógicamente que ese año fuera no viene nada bien.
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Hola, si estuve fuera del país durante el estado de alarma y no pude volver hasta luego de meses que sacaran la ley donde los estudiantes podrían entrar nuevamente con la tarjeta caducada, ese tiempo fuera que no fue decisión nuestra sino del estado español, contará o no dentro de los 120 días para pedir arraigo? gracias.
Sergio en la Orden que publicó el Ministerio de Sanidad se indique que las ausencia derivadas del Covid-19 no se tendrán en cuenta… por lo que en un momento dado no debería afectarte.
Como va a necesitar contrato de trabajo o promesa, si es ilegal hacerle un contrato a una persona que esta ilegal???
Se aporta una oferta de empleo, no un contrato como tal. Ese contrato no entra en vigor hasta que se concede el correspondiente arraigo social
Soy española y mi madre igual residenciadas en canarias, mi hijo mayor de edad no ha podido obtener la nacionalidad en espera de la ley de nietos puede venir a vivir aqui y solicitar arraigo social o familiar para poder trabajar? Mil gracias
antes de que el archivo de mi hija fuera así
Abierto – Concedido.
Resolución enviada por correo postal.Me sorprendió mucho ver que han cambiado el archivo a esto Abierto – En tramitación.
Su expediente se encuentra en calificación. por favor que hago? gracias
La ayuda que el gobierno autorizó la vitalicia también la puede solicitar un extranjero de forma irregular en España
Hola a mi madre le han quitado la residencia porque han quedado un año fuera de España ella tiene mas de 5 años en España de forma legal la trajeta que tenía era de larga duración. Pregunto si hay una forma de recuperar su residencia yo como hijo unico de ella tengo la nacionalidad española adquirida hace dos años gracias,por vuestra colaboración
Hola a mi madre le han quitado la residencia porque han quedado un año fuera de España ella tiene mas de 5 años en España de forma legal la trajeta que tenía era de larga duración. Pregunto si una forma de recuperar su residencia yo como hijo unico de ella tengo la nacionalidad española adquirida hace dos años gracias,por vuestra colaboración
Hola porque no hay ningún comentario que hable de las renovaciones cuando se obtiene la residencia por arraigo, me gustaría saber porque no aparece mi expediente de renovación de tarjeta por arraigo, la solicite el día 15/10/2020 y todavía me dice que no aparece información con los datos que le suministró!!
Hola pregunto por mi marido lleva 4año de empadronamiento con migo no trabajado nunca y vivíamos de ERG COMO PUEDE SOLICITAR e raigo social
Hola señor
Hola señora
¿Qué son las arraigo sociales y cómo?
Consíguelo
Tenga en cuenta que mi matrimonio con un española ha sido rechazado
Es imposible casarse con un hispano
Vale, muchas gracias para información
Hola yo tengo 2añosy 4 meses en España yo tengo uno contrato uma oferta de trabajo. Puedo pedir arraigo con éste tiempo y como hacer. Yo trabajo ya 1 años con mí jefe.