Consulado Argentina en España

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Una de los Consulados que más información tiene en Internet es el de Argentina. Os dejamos alguna información relevante sobre trámites en dicho Consulado.



Trámites:

1. Actualizar el DNI argentino a los 8 y a los 16 años de edad.

2. Gestionar la expedición de duplicados de DNI.

3. Cambio de Domicilio en el DNI (obligatorio para residentes en el
extranjero)

4. Orientarlo en materia de asistencia sanitaria, jurídica y notarial.

5. Asistirlo para que en caso de accidente pueda recibir atención y
orientar a sus familiares en tal sentido.

6. Interesarse por los connacionales detenidos en centros
penitenciarios locales.

7. Expedir venias de viaje a los argentinos menores de edad para su
desplazamiento por el extranjero.

8. Velar por los intereses de los argentinos menores de edad o
incapaces, particularmente en lo relativo a la tutela y la curatela de
los mismos.

9. Realizar actos notariales como poderes o actas.

10. Otorgar la nacionalidad por opción a los hijos de argentinos
nacidos en el extranjero.

11. Expedir las visas para los extranjeros que ingresen a la República Argentina, según el régimen que corresponda a cada nacionalidad.

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La Prórroga de Estancia

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¿Cómo puedo prórrogar mi estancia?

Si has llegado a España como turista o con un visado para buscar empleo puedes solicitar la prórroga de estancia hasta un máximo de 90 días.

¿Cuando hay que pedir una prórroga de estancia en España?

Si deseas quedarte al agotarse los 3 meses hay que solicitar una prórroga de estancia cuya extensión no superará los 6 meses.

Esto se debe a que España es uno de los países que conforman el espacio Schengen y este dispone que se autorice la entrada por un máximo de tres meses por semestre. No podes estar tres meses en territorio español, salir y regresar inmediatamente. Para volver tendrás que esperar 90 días.

¿Quiénes pueden prorrogar la estancia en España?

Si has entrada como turista: Si ingresaste a España como turista, sin visado podrás prorrogar por 3 meses solo en casos excepcionales, como circunstancias de carácter humanitario, familiar, de atención sanitaria u otras circunstancias que lo justifiquen.

Si has entrada con visado: de duración inferior a 3 meses, podrás prorrogar la estancia que figura en el visado, que en ningún caso podrá ser superior a tres meses en un período de seis.

Documentos necesarios para solicitar la prórroga en España

1. Debes dirigirte personalmente a la Oficina de extranjeros o Comisaría de Policía del lugar donde resides.

2. Completar el impreso de solicitud y adjuntar original y copia de pasaporte (vigencia de pasaporte superior a la prorroga que vas a solicitar) con tres fotos fondo blanco tamaño carne en color.

3. Te pedirán que justifiques las razones excepcionales por las que solicitas la prorroga, medios económicos para solventar los gastos de vida diarios en el tiempo de prorroga como por ejemplo: cerificado de tu banco, seguro médico y un billete de regreso con fecha de vuelta confirmada para asegurar el regreso a tu país.

4. Te noticiarán al domicilio que figura en el formulario de solicitud su aprobación o denegación. Si fuera concedida, tendrás que presentarte para que conste en tu pasaporte previo pago de las tasas correspondientes. Si fuera denegada, tendrás que salir de España cuando termine el periodo de estancia inicial, por el cual entraste. Si ese plazo hubiera finalizado resolverán que abandones el país en 72 horas.

fuente: euroresidentes.com

Artículos Extranjería. Por Despacho Fraile y Asociados.

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Hace tiempo alguien me preguntó el porqué residir en un país o en otro se hacía complicado. A esta pregunta, que lleva más allá de una opción de vida, o de una decisión personal acerca de dónde uno quiere vivir, no hay mucha respuesta que ofrecer. Cuando alguien toma la sana decisión de comenzar a vivir en un lugar o en otro, las leyes no deberían ser un obstáculo para que esa elección de vida se haga posible.

Y en realidad, la finalidad última de las leyes es conseguir una convivencia pacífica y que la vida nos resulte más fácil a todos, y no todo lo contrario como a veces sucede. Burocracia, papeles, ordenes, reglamentos… y un sin fin de normas que los ciudadanos de a pie a veces no controlamos del todo.

La finalidad de esta columna, aparte de sugerir humildes opiniones que se quedan en personales, es tratar de facilitar el entendimiento de todos esos leguleyos que aparecen por doquier para complicarnos la vida o al menos, para que como alguno dice, no entendamos nada.

Y no puedo comenzar sin antes dar la enhorabuena y las gracias a este boletín en el que comienzo a formar parte, boletín en el que como vemos intervienen profesionales de las distintas áreas del derecho y de diferentes nacionalidades.

Y tan es así, que se genera como un medio tan internacional como las leyes que regulan nuestra vida y que generan cuantos problemas de residencia puedan existir entre los diferentes ciudadanos de los diversos países con quien nos relacionamos.

No me extenderé mucho acerca de las normas de extranjería de cada país, sin embargo, lo que sí puedo es exponer los problemas que supone ser extranjero en un país como España, y lo que puede costar conseguir un permiso de trabajo en este país, en el que resido.

Un ciudadano de cualquier lugar puede viajar a cualquier otro país con o sin visado de turista (en función de los convenios que existan entre los distintos países), o bien, puede viajar con un permiso de trabajo y residencia al país en el que pretende afincarse.

En caso de que viajemos con un visado de turista, o que aun sin necesitar tener el visado en el pasaporte, viajemos como turistas, en cualquier país del mundo tenemos derecho a estar y residir durante un período de tres meses. Transcurrido dicho tiempo, deberemos abandonar el país y no podremos volver a entrar en un período de otros tres meses. Es decir, podemos acumular el tiempo como deseemos, pero durante 6 meses solo tendremos derecho de estancia durante 3 meses. En caso de superar dicho tiempo estaríamos en situación ilegal o irregular en el país.

Por otro lado, podemos entrar al país con un permiso de trabajo y residencia, en ese caso (al menos en España) una empresa habrá debido pedir por nosotros como trabajadores para acudir al país, y tendremos un permiso de residencia y trabajo que tendrá una duración de un año. Dicho permiso puede prorrogarse anualmente.

En caso de quedarnos en situación irregular o que nuestro visado de turismo venza y deseemos permanecer en España, sólo podremos hacerlo de manera “ilegal”, dado que para poder obtener un permiso de trabajo y residencia por arraigo (permanencia en el país) deberemos estar residiendo en España por un tiempo de tres años.

Esto es sólo una reseña de los modos en que podemos ir adquiriendo derecho de permanencia en España, sin olvidar por supuesto, a los familiares de españoles o de ciudadanos comunitarios, que tan sólo deberán acreditar la relación de parentesco para obtener un permiso de residentes comunitarios, lo que les da derecho a permanecer en todo Europa durante un tiempo de 5 años.

A grandes rasgos, y en este primer acercamiento a lo que supone la legislación española en materia de extranjería y ciudadanía, estos son datos básicos a tener en cuenta. Seguro en próximas ocasiones tenemos oportunidad de analizar las precauciones que una debe tomar para conseguir una estadía legal y pacífica en este u en otro país.

Dagania Fraile

Despacho Fraile y Asociados

EL LIMBO ESTA EN MADRID

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Por lo menos, para Deise.

entrada en españa inmigrantes sin papelesEl pasado domingo, día 22, mi hija estaba nerviosa, pendiente de tener noticias de la prima de su novio, Deise. Mi hija había colaborado en las gestiones del viaje de Deise. Tiene experiencia en ese mundo inexpugnable y desolador de “los papeles” .Deise llegaba ese día a Madrid, procedente de Brasil, para visitar a su primo y conocer la isla donde vive. Ella es de Salvador de Bahía, es una chica de 25 años, soltera y con trabajo estable en su país (algo que acreditó) Venía de vacaciones a Menorca durante15 días.
Venía como turista, no como inmigrante.

Más tarde, esos nervios se convirtieron en llanto, en rabia, en impotencia, en indignación…

Deise había sido retenida en algún habitáculo (limbo) del aeropuerto de Madrid. Como si fuera una criminal, sólo se le permitió hacer una llamada.
No se la dejó entrar en el país, por un pequeño matiz de “los papeles”. Read the rest of this entry »

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