Luz verde para la Nacionalidad de Nietos de españoles

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Se reconocerá como ‘exiliados’ a quienes salieran de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955

pasaporte español

EUROPA PRESS. El Gobierno estima que alrededor de 500.000 hijos y nietos de exiliados españoles repartidos por todo el mundo podrán obtener la nacionalidad española gracias a las medidas aprobadas hoy para desarrollar la llamada Ley de la Memoria Histórica, según fuentes gubernamentales consultadas por Europa Press.

La mayoría de los potenciales beneficiarios, unos 300.000, residen actualmente en Argentina. La estimación del Gobierno se basa en los cálculos de los responsables de los registros consulares y de los colectivos de descendientes de españoles en distintos países.

No obstante, el Ejecutivo no se atreve a aventurar cuantas solicitudes se presentarán finalmente, puesto que dependerá mucho de la situación socioeconómica de los descendientes de españoles en los distintos países, de su edad y su nivel de formación e integración.

TAMBIEN EXILIADOS ECONOMICOS

Según las fuentes consultadas, podrán acogerse a esta medida los hijos y nietos de las personas que acrediten haber salido de España Read the rest of this entry »

Renovar la tarjeta de residencia

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Son muchos los inmigrantes residentes legales en nuestro país que deben renovar su autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena en estos meses. Ahora hace ya tres años que hasta 600.000 extranjeros obtuvieron su autorización de residencia en la normalización extraordinaria del año 2005. A todos ellos le toca ahora renovar su segunda tarjeta. Te dejamos una guía con todo lo que debes saber para afrontar con éxito este trámite. Para cualquier duda, busca un profesional que te asesore. Suerte. Read the rest of this entry »

La Prórroga de Estancia

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¿Cómo puedo prórrogar mi estancia?

Si has llegado a España como turista o con un visado para buscar empleo puedes solicitar la prórroga de estancia hasta un máximo de 90 días.

¿Cuando hay que pedir una prórroga de estancia en España?

Si deseas quedarte al agotarse los 3 meses hay que solicitar una prórroga de estancia cuya extensión no superará los 6 meses.

Esto se debe a que España es uno de los países que conforman el espacio Schengen y este dispone que se autorice la entrada por un máximo de tres meses por semestre. No podes estar tres meses en territorio español, salir y regresar inmediatamente. Para volver tendrás que esperar 90 días.

¿Quiénes pueden prorrogar la estancia en España?

Si has entrada como turista: Si ingresaste a España como turista, sin visado podrás prorrogar por 3 meses solo en casos excepcionales, como circunstancias de carácter humanitario, familiar, de atención sanitaria u otras circunstancias que lo justifiquen.

Si has entrada con visado: de duración inferior a 3 meses, podrás prorrogar la estancia que figura en el visado, que en ningún caso podrá ser superior a tres meses en un período de seis.

Documentos necesarios para solicitar la prórroga en España

1. Debes dirigirte personalmente a la Oficina de extranjeros o Comisaría de Policía del lugar donde resides.

2. Completar el impreso de solicitud y adjuntar original y copia de pasaporte (vigencia de pasaporte superior a la prorroga que vas a solicitar) con tres fotos fondo blanco tamaño carne en color.

3. Te pedirán que justifiques las razones excepcionales por las que solicitas la prorroga, medios económicos para solventar los gastos de vida diarios en el tiempo de prorroga como por ejemplo: cerificado de tu banco, seguro médico y un billete de regreso con fecha de vuelta confirmada para asegurar el regreso a tu país.

4. Te noticiarán al domicilio que figura en el formulario de solicitud su aprobación o denegación. Si fuera concedida, tendrás que presentarte para que conste en tu pasaporte previo pago de las tasas correspondientes. Si fuera denegada, tendrás que salir de España cuando termine el periodo de estancia inicial, por el cual entraste. Si ese plazo hubiera finalizado resolverán que abandones el país en 72 horas.

fuente: euroresidentes.com

La OIDE se reúne con el Secretario de Asuntos Consulares y Migratorios del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación

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Representantes de OIDE se encontraron el 19 de septiembre, a las 10:30h, con el Sr. Francisco Elorza Cavengt, Secretario de Asuntos Consulares y Migratorios del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, para tratar especialmente del tema de la Nacionalidad de los descendientes de españoles y la Ley 52 de 2007, Ley de Memoria Histórica.

Según Helios Edgardo Quintas, presidente de OIDE, el Dr. Marcelo Belgrano, asesor en temas de Nacionalidad, y Alejandro Rodríguez, sociólogo y asesor en temas de recursos humanos, el Sr. Elorza recibió cordialmente al grupo en su despacho y se mostró muy pragmático desde el inicio de la reunión, preguntando sobre la OIDE, sus objetivos, sus estatutos y funcionamiento.

En la ocasión, se presentó al Secretario el punto de vista de OIDE sobre la Ley 52 de 2007, sus limitaciones en cuanto a la nacionalidad española de los descendientes de emigrantes y la necesidad de contar con una Ley de Nacionalidad como solución definitiva.

Hijos de españoles de origen. La Disposición Adicional 7.1 de la Ley 52 de 2007

Al recibir la confirmación de que el hijo de español de origen deberá presentar el certificado español de nacimiento de su progenitor con recuperación de nacionalidad, como prueba de vínculo familiar, la OIDE identificó de inmediato un problema a solucionar. Si el progenitor ya es fallecido, sería necesario que el hijo tramitara fuera de término la inscripción de nacimiento de su progenitor.

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