Canje de Permisos de Conducir Extranjeros en España

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Ver vídeos sobre Canje Permisos Conducir España

A petición de nuestros visitantes, te mostramos la información que la DGT facilita sobre el Canje de Permisos de Conducir en España.

Permisos válidos para conducir en España

Son válidos para conducir en España los permisos expedidos en países de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega).

Además, en determinadas condiciones, son también válidos para conducir en España los siguientes permisos de conducción:

1. Los nacionales de otros países que estén expedidos de conformidad con el Anexo 9 de la Convención de Ginebra, o con el Anexo 6 de la Convención de Viena, o que difieran de dichos modelos únicamente en la adopción o supresión de rúbricas no esenciales.
2. Los nacionales de otros países que estén redactados en castellano o vayan acompañados de una traducción oficial del mismo.
3. Los internacionales expedidos en el extranjero de conformidad con el Anexo 10 de la Convención de Ginebra, o de acuerdo con el modelo de Anexo E de la Convención Internacional de París, si se trata de naciones adheridas a este Convenio que no hayan suscrito o prestado adhesión al de Ginebra.
4. Los reconocidos en particulares convenios internacionales en los que España sea parte y en las condiciones que se indiquen en los mismos.

Condiciones para su validez: La validez de los distintos permisos enumerados anteriormente, estará condicionada a que se hallen dentro del período de vigencia, su titular tenga la edad requerida en España para la obtención del permiso español equivalente y, además, a que no haya transcurrido el plazo de seis meses, como máximo, contados desde que sus titulares adquieran su residencia normal en España.

Transcurrido dicho plazo, los mencionados permisos carecen de validez para conducir en España, y, si sus titulares desean seguir conduciendo, deberán obtener permiso español, previa comprobación de los requisitos y superación de las pruebas correspondientes, salvo que, por existir un convenio con el país que expidió el permiso, sea posible su canje por el español equivalente.

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Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

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Disposición 19949 del BOE núm. 299 de 2009

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 299 Sábado 12 de diciembre de 2009 Sec. I. Pág. 104987

I. DISPOSICIONES GENERALES

JEFATURA DEL ESTADO

19949

Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

cve: BOE-A-2009-19949

JUAN CARLOS I

REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica.

PREÁMBULO

I

La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social ha sido reformada en tres ocasiones desde su aprobación; en concreto, ha sido reformada por las Leyes Orgánicas 8/2000, de 22 de diciembre, 11/2003, de 29 de septiembre y 14/2003, de 20 de noviembre.

De todas las reformas que ha tenido la indicada Ley Orgánica cabe destacar, por su mayor calado, la que se llevó a cabo pocos meses después de su entrada en vigor a través de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre. Algunos de los cambios que introdujo esta última ley motivaron la presentación de varios recursos de inconstitucionalidad contra la misma. Seguir leyendo »

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Matambre a la leche y Truco

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Ver videos sobre asociaciones de uruguayos

bannerasocurucatalunyaLa Asociacion de Uruguayos en Cataluña, UAC, va a celebrar, el proximo domingo dia 21 de marzo de 2010, en el marco del Programa de Reformulacion Asociativa el 2º Campeonato de Truco 2010.

Para participar en el Campeonato de Truco, es necesaria inscripción previa, que tiene un coste de 5 € por persona. Toda la recaudación de los participantes constituira el premio al campeón!! Asi que cuantos mas seamos, mayor sera el premio del ganador!!!!!

Tambien podremos degustar junto con los miembros de la UAC y el resto de asistentes de un menu gastronomico especial consistente en Matambre a la Leche con Puré y Postre.

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Actualizada Lista de visados resueltos en Consulado de España en Bogotá a 11 de marzo de 2010

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Ver vídeos sobre solicitud de visados

lococonsuladoespananyAVISO IMPORTANTE

A partir del 1 de enero de 2010, la tasa por el trámite para visado Schengen, visado de estudios hasta 90 días y visado para residentes asciende a $ 178.000 pesos colombianos.

El Consulado de España en Bogotá es uno de los que más partido saca a las nuevas tecnologías. No sólo permite la petición de citas para la solicitud de visados a través de Internet, sino que también publica la relación de visados resueltos en su web oficial.

Para todos aquellos que desean conocer si la solicitud de visado en el Consulado de España en Bogotá ha sido resuelta, el propio consulado, a través de su web, publica la lista de visados resueltos. Puedes ver la lista en el siguiente enlace.

11_03_2010_lista_de_visados_resueltos

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Renovación de la tarjeta de residencia

iconovideo1Ver vídeos sobre Renovación Permiso de Trabajo y Residencia


Son muchos los inmigrantes residentes legales en nuestro país que deben renovar su autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena en estos meses. Ahora hace ya tres años que hasta 600.000 extranjeros obtuvieron su autorización de residencia en la normalización extraordinaria del año 2005. A todos ellos le toca ahora renovar su segunda tarjeta. Te dejamos una guía con todo lo que debes saber para afrontar con éxito este trámite. Para cualquier duda, busca un profesional que te asesore. Suerte.

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Oficina de Extranjería en Ibiza

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Ver vídeos sobre trámites de extranjería

Unidad de Extranjeros en Ibiza

Paseo Marítimo Juan Carlos I, s/n

07800 - IBIZA

Teléfono: 971 989 055

Fax: 971 317 154

Horario: lunes a viernes de 9h a 14h

La Oficina de Extranjeros de las Islas Baleares requiere solicitar cita previa para los siguientes trámites:

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Oficina de Extranjería en Menorca

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Unidad de Extranjeros en Menorca

Plaza Miranda, 22

07701 - MENORCA

Teléfono: 971 989 281

Fax: 971 353 737

Horario: lunes a viernes de 9h a 13,30h

La Oficina de Extranjeros de las Islas Baleares requiere solicitar cita previa para los siguientes trámites:

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Oficina de Extranjería en Lanzarote

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Ver vídeos sobre trámites de extranjería

Unidad de Extranjeros en Lanzarote

C/ Blas Cabrera Felipe, 6

35500 - ARRECIFE (LANZAROTE)

Teléfonos: 928 991 014/ 015/ 017/ 023/ 024/ 025

Fax: 928 815 315

La Oficina de Extranjeros de las Islas Canarias requiere solicitar cita previa para alguno de los siguientes trámites:

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Dirección Oficinas de Extranjería

5 comentarios


ANDALUCIA

Oficina de Extranjeros en Sevilla
Plaza de España, sector II
41071 - SEVILLA
Teléfonos:95 556 95 36 / 37
Fax: 95 556 95 29
Horario:lunes a jueves de 9 a 17,30; viernes de 9 a 14

Oficina de Extranjeros en Almería
C/ Marruecos, 1
04071 - ALMERÍA
Teléfono: 950 625 401
Fax: 950 759 310
Horario: Lunes a Jueves de 9h a 17 h. Viernes de 9h a 14,30h
Cita Previa:

* Presentación de solicitudes: 950 625 401 (cita.almeria@map.es)
* Expedición de Tarjeta de extranjeros: 950 625 402 (cita.almeria@map.es)

Oficina de Extranjeros en Cádiz
C/ Acacias, 2 - Planta baja
11071 - CÁDIZ
Teléfono: 956 989 003
Fax: 956 286 082
Horario: lunes a viernes de 09:00 a 14: 00h Seguir leyendo »

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