Nov. 03
fuente: La nación Exterior.
A quienes, desde hace más de un año, esperan definiciones respecto de la anunciada ley de ciudadanía para nietos de españoles, les queda aguardar un poco menos, al recibir la medida el visto bueno del Consejo de Ministros.
No obstante, para conocer los alcances de la normativa, deberán esperar el momento en que se divulgue el texto definitivo de la llamada “instrucción” que prometió el Ministerio de Justicia, para que cada uno de los interesados sepa a qué atenerse.
Estimaciones del gobierno socialista insistieron en que cerca de 300.000 ciudadanos argentinos podrían beneficiarse con la norma. La cifra está por debajo del millón de personas que en un primer momento calcularon asociaciones locales de argentinos descendientes de españoles. O de los 600.000 de los que hablan ahora. Según indicó a LA NACION el titular de la Asociación Argentinos en el Exterior, Luís Pérez Leira, la diferencia podría estar en una exigencia reglamentaria que impediría saltearse escalones. Esto es, que para que un nieto recupere la ciudadanía de su abuelo, el trámite debe pasar, primero, por la recuperación de esa ciudadanía en padre o madre. El punto fue objetado por nietos de españoles.
La normativa entraría en vigor sólo a fines del mes próximo, por un plazo de dos años, e incluye a los hijos de padres o madres nacidas en España y que viven hoy en día en el extranjero, así como a los nietos de personas que perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio.

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Nov. 01
Se reconocerá como ‘exiliados’ a quienes salieran de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955

EUROPA PRESS. El Gobierno estima que alrededor de 500.000 hijos y nietos de exiliados españoles repartidos por todo el mundo podrán obtener la nacionalidad española gracias a las medidas aprobadas hoy para desarrollar la llamada Ley de la Memoria Histórica, según fuentes gubernamentales consultadas por Europa Press.
La mayoría de los potenciales beneficiarios, unos 300.000, residen actualmente en Argentina. La estimación del Gobierno se basa en los cálculos de los responsables de los registros consulares y de los colectivos de descendientes de españoles en distintos países.
No obstante, el Ejecutivo no se atreve a aventurar cuantas solicitudes se presentarán finalmente, puesto que dependerá mucho de la situación socioeconómica de los descendientes de españoles en los distintos países, de su edad y su nivel de formación e integración.
TAMBIEN EXILIADOS ECONOMICOS
Según las fuentes consultadas, podrán acogerse a esta medida los hijos y nietos de las personas que acrediten haber salido de España Read the rest of this entry »
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Sep. 25
Representantes de OIDE se encontraron el 19 de septiembre, a las 10:30h, con el Sr. Francisco Elorza Cavengt, Secretario de Asuntos Consulares y Migratorios del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, para tratar especialmente del tema de la Nacionalidad de los descendientes de españoles y la Ley 52 de 2007, Ley de Memoria Histórica.
Según Helios Edgardo Quintas, presidente de OIDE, el Dr. Marcelo Belgrano, asesor en temas de Nacionalidad, y Alejandro Rodríguez, sociólogo y asesor en temas de recursos humanos, el Sr. Elorza recibió cordialmente al grupo en su despacho y se mostró muy pragmático desde el inicio de la reunión, preguntando sobre la OIDE, sus objetivos, sus estatutos y funcionamiento.
En la ocasión, se presentó al Secretario el punto de vista de OIDE sobre la Ley 52 de 2007, sus limitaciones en cuanto a la nacionalidad española de los descendientes de emigrantes y la necesidad de contar con una Ley de Nacionalidad como solución definitiva.
Hijos de españoles de origen. La Disposición Adicional 7.1 de la Ley 52 de 2007
Al recibir la confirmación de que el hijo de español de origen deberá presentar el certificado español de nacimiento de su progenitor con recuperación de nacionalidad, como prueba de vínculo familiar, la OIDE identificó de inmediato un problema a solucionar. Si el progenitor ya es fallecido, sería necesario que el hijo tramitara fuera de término la inscripción de nacimiento de su progenitor.
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Sep. 24
Es el periodo de tiempo que baraja el grupo de trabajo de Exteriores y Justicia que aprobarán el documento antes de fin de mes
fuente: España Exterior
Aunque todavía no es definitivo, la instrucción que concretará la aplicación de la Disposición Adicional 7ª de la Ley de Memoria Histórica que modifica el acceso a la nacionalidad de hijos y nietos de españoles en el exterior delimita que se considerará exiliados a aquellas personas que salieron de España entre los años 1936 y 1941. La instrucción estará lista a finales del actual mes de septiembre. Exteriores organizará una reunión de los cónsules que se verán más afectados con responsables del Registro Civil para explicar las dudas y la manera de aplicar dicha instrucción.
Los nietos de exiliados que podrán acceder a la nacionalidad española a través de lo establecido en apartado 2 de la Disposición Adicional 7ª de la Ley de Memoria Histórica serán aquellos cuyos abuelos hubiesen salido de España entre los años 1936 y 1941. Este es el periodo de tiempo que baraja el grupo formado por altos funcionarios de los ministerios de Asuntos Exteriores y Justicia que están elaborando la instrucción para la aplicación de esta Disposición Adicional.
Antes de finalizar el mes, en una semana o semana y media, la instrucción estará finalizada y Exteriores reunirá en Madrid a los cónsules más afectados por la nueva normativa en un encuentro con responsables del Registro Civil que les explicarán y resolverán las dudas que surjan sobre la aplicación de dicha instrucción. Read the rest of this entry »
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