Reagrupación Familiar. Requisitos y trámite.

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Os dejamos una interesante guía sobre el trámite de reagrupación familiar extraída de www.euroresidentes.com.

Es de bastante utilidad.

¿Cómo puedo reagrupar a mi familia?

Siempre y cuando cumplas con los requisitos necesarios para ejercer tu derecho a reagrupar a tu familia.

Soy residente y quiero traer a mi familia a España

Para poder traer a tu familia a España usando el procedimiento de reagrupación familiar tienes que llevar residiendo un año en territorio español y haber solicitado u obtenido la autorización de residencia para otro año más, es decir que hayas renovado tu residencia inicial. Tendrás que demostrar que dispones de un alojamiento adecuado y medios de subsistencia suficientes para atender tus gastos y los de tu familia.

reagrupacion familiar

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Impreso de solicitud visado Shengen

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A petición de muchos de nuestros visitantes, os dejamos el formulario de solicitud de visado Shengen.

DESCARGAR FORMULARIO

1. Los extranjeros que se propongan entrar en territorio español deberán ir provistos del correspondiente visado, válidamente expedido y en vigor, extendido en sus pasaportes o documentos de viaje o, en su caso, en documento aparte, salvo lo dispuesto en el apartado siguiente.
2. Para estancias de hasta tres meses en un período de seis o para tránsitos de menos de cinco días, no necesitarán visado:
a) Los nacionales de países con los que se haya acordado su supresión, en la forma y condiciones establecidas en el acuerdo correspondiente.
b) Los extranjeros que tengan la condición de refugiados y estén documentados como tales por un país signatario del Acuerdo Europeo número 31, de 20 de abril de 1959, relativo a la exención de los visados para refugiados.
c) Los miembros de las tripulaciones de barcos de pasaje y comerciales extranjeros, cuando se hallen documentados con un documento de identidad de la gente del mar en vigor y sólo durante la escala del barco o cuando se encuentre en tránsito para embarcar hacia otro país.
d) Los miembros de las tripulaciones de aviones comerciales extranjeros que estén documentados como tales mediante la tarjeta de miembro de la tripulación durante la escala de su aeronave o entre dos escalas de vuelos regulares consecutivos de la misma compañía aérea a que pertenezca la aeronave.
e) Los extranjeros titulares de una autorización de residencia, una autorización provisional de residencia o una tarjeta de acreditación diplomática, expedidos por las autoridades de otro Estado con el que España haya suscrito un acuerdo internacional que contemple esta posibilidad. Estas autorizaciones habrán de tener una vigencia mínima igual al plazo de estancia, o de la duración del tránsito, previsto en el momento de solicitar la entrada.
3. No precisarán visado para entrar en territorio español los extranjeros titulares de una tarjeta de identidad de extranjero, de una tarjeta de estudiante extranjero, de una tarjeta de acreditación diplomática, o de la autorización de regreso prevista en el artículo 18 ni los titulares de una tarjeta de trabajador transfronterizo respecto a la entrada en el territorio español que forma frontera con el país del trabajador, siempre que las autorizaciones que acreditan dichos documentos hayan sido expedidas por las autoridades españolas y estén vigentes en el momento de solicitar la entrada. Read the rest of this entry »

Una juez imputa a un funcionario de Extranjería por una trama de matrimonios de conveniencia

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La titular del juzgado de Instrucción número veinte de Valencia ha imputado a un funcionario de la Subdelegación de Gobierno de Valencia por su presunta implicación en una trama de bodas de conveniencia. El acusado, que ya ha prestado declaración en el juzgado, trabaja en la Oficina de Extranjeros de Valencia que se encarga de conceder certificados de matrimonio.

La juez ha imputado al acusado porque fue grabado hablando por teléfono con el supuesto cabecilla de la red, según confirmaron fuentes cercanas al caso. El imputado insistió en su declaración en que sólo es un “ordenanza” y que no tiene acceso a los ordenadores ni “a la clave para poder entrar a la aplicación de extranjería”.

La magistrada del caso mantiene imputadas a diecisiete personas por su supuesta implicación en una red que concertaba matrimonios de conveniencia. La policía sospecha que la trama arregló más de un centenar de bodas entre españoles e inmigrantes que necesitaban regularizar su situación en España.

La banda, según los primeros indicios que maneja la policía, cobraba más de 12.000 euros por gestionar un matrimonio civil y también se ocupaba a los dos años de tramitar el divorcio a cambio de más dinero.
El grupo también estafaba a inmigrantes a los que prometía conseguir documentos por el procedimiento de arraigo sin llegar a tramitar las solicitudes.

La Unidad contra las Redes de Inmigración y Falsificación de la policía -Ucrif- intervino seiscientos expedientes a la banda por lo que el fraude puede ser mucho mayor. La trama, presuntamente dirigida por un gestor que responde a la identidad de Juan José C. F., fue descubierta a raíz de otra investigación por tráfico de drogas en Madrid. Los policías madrileños tenían intervenido el teléfono de uno de los sospechosos de nacionalidad colombiana que se iba a Valencia para obtener la nacionalidad española con una boda concertada por dinero. La juez va a continuar interrogando a sospechosos de la red de matrimonios de conveniencia durante la próxima semana.

Consulado de Venezuela en Madrid. Trámite de Inscripción Consular.

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consulado de venezuela en madrid

¿Quienes se pueden inscribir?

Si usted es ciudadano venezolano y vive, estudia o trabaja en alguna de las siguientes Comunidades Autónomas: Madrid; Castilla y León; Castilla La Mancha; Extremadura; Murcia o Andalucía, puede registrarte en el Consulado General de Venezuela en Madrid con el fin de poder prestarle asistencia en cualquier momento que usted lo requiera. El registro tiene un carácter estrictamente confidencial.

El Registro Consular no suple al Registro Electoral Permanente.

¿Cuáles son los requisitos?

Los requisitos exigidos para su registro en esta Misión Consular son los siguientes:

* Presentar la Planilla de solicitud de Registro de Venezolanos, que puede obtener siguiendo este enlace, complementada sin tachaduras y en letra legible. El único requerimiento para poder ver o imprimir esta
planilla es que usted tenga instalado el programa ADOBE ACROBAT READER.
* Copia de las dos (2) primera páginas de su pasaporte (donde se encuentren sus datos personales, huella dactilar y datos de emisión).
* El solicitante debe presentar original y copia legible del comprobante de empadronamiento, que demuestre su residencia, en cualquier Comunidad Autónoma de la circunscripción de esta Misión Consular.
* Los venezolanos por naturalización deberán aportar copia de la gaceta oficial o de aquellos documentos en los que se demuestre el hecho de su naturalización y adjuntar la planilla de control de venezolanos por naturalización, complementada sin tachaduras y en letra legible. Dicha planilla la puede obtener siguiendo este enlace.

El Registro en esta Misión Consular está exonerado de pago.

¿Como registrarse en el Consulado?

Para realizar este trámite debe acudir a la sede de este consulado, sin previa cita, con todos los recaudos, a las 9:30 horas. Tome en cuenta que con la intención de poder atender adecuada y eficazmente a los usuarios que demandan los servicios administrativos de este Consulado General, se ha implementado un sistema de atención al público que conlleva a que diariamente se reparte un número a las 50 personas que serán atendidas ese día.

Si todo esta correcto le indicarán cuando debe volver para retirar la Constancia de su Inscripción Consular.

Este trámite se puede realizar por correo, enviando en un sobre:

*Una carta solicitando la emisión de la Constancia de su Inscripción Consular, con sus datos de contacto.

*Un sobre prepagado, tamaño Americano (que puede adquirir en cualquier oficina de correo), y donde debe escribir su dirección personal como destinatario para remitirle la Constancia de Registro Consular

*Todos los requisitos que correspondan.

IMPORTANTE: Si decide hacer su solicitud por correo, y no remite todos los recaudos, no se hará el trámite, y el material recibido será destruido.


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