Los inmigrantes prefieren España pese a la CRISIS

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Muy bueno el artículo que publicaba el sábado finanzas.com y que aquí reprodicimos. Los inmigrantes lo están pasando mal con esto de la crisis, pero parece claro son pocos (en proporción) los que abandonarán España por motivo de la mala situación económica. Os dejamos el artículo:

Si alguien pensaba que los inmigrantes eran un pañuelo de usar y tirar para el mercado laboral, puede ir olvidándolo. Pese al deterioro de la situación económica en España, las condiciones de vida son aquí mejores que las que la mayoría de ellos dejaron en sus países de origen, así que no sólo rehusan marcharse en tiempos de crisis, sino que siguen aumentando su presencia entre nosotros, aunque su nivel de desempleo se acerca a pasos acelerados al 20% y avanza a un ritmo mucho más alto que la media.

En el último año los demandantes de un puesto de trabajo en las oficinas del Inem se han disparado un 86% -frente al 38% del conjunto del país- y ya suman 337.000, según datos de octubre. La Encuesta de Población Activa (EPA) estima el número de desocupados en 623.000 y cifra su incremento anual en un 64%, veinte puntos más que el promedio nacional. En un país azotado por el frenazo de la economía y la masiva destrucción de empleo, este colectivo mantiene un fuerte dinamismo y roza ya los tres millones de asalariados (2.947.900), de los que más de 850.000 no están dados de alta en la Seguridad Social.

En contra de la voluntad del Gobierno y de amplios sectores sociales, la llegada de extranjeros se sigue produciendo por tierra, mar y aire, mientras persiste un alto volumen de permisos de trabajo. Los negros nubarrones que se ciernen sobre el país no han hecho mella en una avalancha que ha adquirido en la última década una inercia muy difícil de contener. Esa presión sobre el mercado laboral ha contribuido a que, mientras el brusco frenazo de la actividad eliminaba 164.000 empleos en los últimos doce meses, los inmigrantes con colocación crecieran en 101.500. Los trabajadores autóctonos, que desde hace años parecen haber renunciado a ocupar los puestos más penosos y peor remunerados, sufrían una pérdida de 266.000 ocupaciones en ese periodo. Read the rest of this entry »

Fijadas las condiciones para el Retorno Voluntario de Extranjeros

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  • Los Extranjeros tienen un plazo máximo de un mes para abandonar España tras haber cobrado el primer plazo
  • Para recibir el segundo abono el trabajador deberá comparecer en la embajada española de su país

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El Consejo de Ministros aprobó hoy un decreto por el que se establecen los requisitos que han de cumplir los trabajadores extranjeros no comunitarios, con derecho a paro y que quieren regresar voluntariamente a su país de origen.

Esta medida afecta a los trabajadores extranjeros no comunitarios nacionales de los veinte países con los que España tiene firmados convenios bilaterales en materia de Seguridad Social: Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, Federación Rusa, Filipinas, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Túnez, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

Para poder cobrar la prestación en dos pagos el trabajador que está en paro debe de estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo, tener reconocido el derecho a la prestación, asumir el compromiso de retornar a su país de origen y no retornar a España en el plazo de tres años para residir y/o realizar una actividad lucrativa y no estar incurso en los supuestos de prohibición de salida del territorio nacional previstos en la legislación de extranjería El solicitante podrá desistir de su solicitud antes de que se le notifique la resolución de la misma, pero en ningún caso podrá hacerlo una vez se haya efectuado el primer pago.

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Visados en el Consulado de España en Lima

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El Consulado General de España en Lima (Perú), al igual que otras secciones consulares, ofrece la posibilidad sacar cita previa para solicitar distintos tipos de visados para entrar en España.

Igualmente, este consulado ofrece la posibilidad de consultar la lista de visados resueltos. Os dejamos la información que ofrece la web oficial del Consulado de España en Lima.

CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN LIMA

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Matrimonio entre un español y un extranjero. Requisitos y trámite.

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matrimonio mixto Los ciudadanos españoles y extranjeros tienen derecho a contraer matrimonio en España, con independencia de la situación legal del ciudadano extranjero. Es posible, por tanto, contraer matrimonio con un extranjero en situación irregular.

La particularidad en el caso de los matrimonios mixtos (español-extranjero) radica en la necesidad de tramitar un expediente previo antes de la celebración de la boda. Este trámite es obligatorio y se realiza en el registro civil del partido judicial de residencia de cualquiera de los contrayentes y tiene como objeto determinar si ambos novios tienen capacidad para celebrar el matrimonio y comprobar si el consentimiento matrimonial carece de vicio alguno.

Así las cosas, concluido el expediente, el juez autoriza la celebración de la boda y una vez realizada la misma, ambos se convierten en “casados conforme a la normativa civil española”, derivándose desde ese momento una serie de consecuencias jurídicas de distinta índole, entre las que destacan, por su especial importancia, los beneficios derivados de la legislación de extranjería a favor del cónyuge de un ciudadano español.

El expediente gubernativo de matrimonio, como decimos más arriba, es obligatorio y debe iniciarse mediante la presentación de una serie de documentos. Cada Registro Civil tiene sus especial manera de tramitar este expediente pero como norma general se exigirán estos documentos:

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