Dic. 26
A descendientes de españoles (A partir de 28 de Diciembre de 2008)
La Ley 52/2007, conocida como Ley de Memoria Histórica, reconoce la injusticia que supuso el exilio de muchos españoles durante la Guerra Civil y la Dictadura.
En consecuencia, la citada Ley en su disposición adicional séptima permite la adquisición por opción de la nacionalidad española de origen a las personas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio.
SOLICITUD DE LA NACIONALIDAD
Hay 3 tipos de solicitudes diferentes de la nacionalidad española de origen:
1. Las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español
La ley española ya permitía optar por la nacionalidad española a las personas cuyo padre o madre hubiera sido originalmente español y nacido en España.
La Ley de la memoria Histórica amplía la posibilidad de adquirir la nacionalidad española de origen a los hijos de padre o madre español de origen, Read the rest of this entry »
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Dic. 26
INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA LEY 52/2007, DE 26 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE RECONOCEN Y AMPLÍAN DERECHOS Y SE ESTABLECEN MEDIDAS A FAVOR DE QUIENES PADECIERON PERSECUCIÓN O VIOLENCIA DURANTE LA GUERRA CIVIL Y LA DICTADURA (CONOCIDA COMO “LEY DE LA MEMORIA HISTÓRICA”)
Esta página web está pensada para las personas que residan en el extranjero interesadas en la opción a la nacionalidad española de origen, según la Ley 52/2007. Las personas que residan en España pueden dirigirse a la página web del Registro Civil de su domicilio, o a la página web de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.es) . Anexo: BOE Nº 285 de 26/11/2008.
En esta página puede encontrar usted toda la información al respecto y solicitar cita previa para la presentación de la documentación necesaria en el Consulado General de España o en la Sección Consular de la Embajada de España en cuya demarcación resida.
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Dic. 21
BASES DEL CONCURSO
La Diputación de Almería, desde el Área de Bienestar Social viene realizando proyectos de sensibilización en el ámbito provincial. Desde la Unidad de Inmigración en 2008 se esta trabajando en el proyecto III Concurso de Cuentos Interculturales con la finalidad de, a partir de los cuentos escritos poder transmitir valores, significados, actitudes y conocimientos de otras culturas del entorno, en momentos como el presente, donde la diversidad culturas es una de las principales características de la sociedad del siglo XXI.
1.- OBJETO
La Diputación de Almería a través de la Unidad de Inmigración, convoca el III CONCURSO PROVINCIAL DE CUENTOS INTERCULTURALES, con este concurso se pretende impulsar el desarrollo intercultural, fomentando la participación a partir de la creación literaria de un cuento. Los cuentos deberán versar sobre:
- El respeto a la diversidad cultural
- Los valores de la solidaridad
- La tolerancia
- La inserción social
Se valorará su originalidad y creatividad para transmitir mensajes hacia la sociedad intercultural, bajo el lema:
“CUÉNTANOS TU SOLIDARIDAD” Read the rest of this entry »
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Dic. 17
Desde el próximo lunes, unos 600.000 argentinos podrán iniciar los papeles vía internet. Todos los detalles de la nueva legislación.
fuente: Perfil.com

Unos 600.000 argentinos, hijos y nietos de españoles, podrán iniciar la semana próxima sus trámites de nacionalidad a través de internet. Así, se pondrá en marcha la última reforma que realizó el Gobierno español, una disposición adicional a la ley de Memoria Histórica.
Serán dos grandes grupos los que podrán acceder a iniciar el trámite: las personas hijas de padre o madre originariamente españoles, y los nietos de españoles que perdieron la nacionalidad por culpa del exilio (entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955), quienes deberán acreditar la salida del país de sus abuelos. Pero también podrán pedir la nacionalidad de origen aquellos que tienen nacionalidad por residencia.
El trámite podrá realizarse desde el lunes 22 de diciembre por internet, a través del cual los interesados deberán pedir la cita en los consulados de España. Para ello, deberán ingresar a la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores de España.
La declaración de opción a la nacionalidad deberá formalizarse en el plazo de dos años Read the rest of this entry »
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Dic. 13
Autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
Ver también Arraigo Laboral.
Videotutorial. Rellenar solicitud de arraigo social y familiar.
1. De conformidad con el artículo 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero , en atención a las circunstancias excepcionales que concurran, se podrá conceder una autorización de residencia temporal a los extranjeros que se hallen en España en los supuestos determinados en este artículo, siempre que no haya mala fe del solicitante.
2. Se podrá conceder una autorización de residencia por razones de arraigo, en los siguientes supuestos:
- Por arraigo laboral, podrán obtener una autorización los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un período mínimo de dos años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen, y que demuestren la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a un año.
- A los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un período mínimo de tres años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen, cuenten con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario en el momento de la solicitud cuya duración no sea inferior a un año y bien acrediten vínculos familiares con otros extranjeros residentes, bien presenten un informe que acredite su inserción social emitido por el ayuntamiento en el que tenga su domicilio habitual.A estos efectos, los vínculos familiares se entenderán referidos exclusivamente a los cónyuges, ascendientes y descendientes en línea directa.
- Cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
3. Se podrá conceder una autorización por razones de protección internacional a las personas a las que el Ministro del Interior, a propuesta de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio, haya autorizado la permanencia en España conforme a lo previsto en el artículo 17.2 de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado , en los términos previstos en el artículo 31.3 de su reglamento de aplicación , así como a los extranjeros desplazados en el sentido regulado por el Reglamento sobre régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas, aprobado por el Real Decreto 1325/2003, de 24 de octubre . Asimismo, se podrá conceder una autorización de residencia temporal en los casos a los que se refieren los artículos 31.4 y 34.1 del Reglamento de aplicación de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado.
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Nov. 27
Ahora que se habla mucho de los documentos que valieron para regularizar a los extranjeros en el año 2000 (famoso ‘bonobus’ o ‘abono de transportes’) y de los que valieron para la normalización del 2005, os dejamos una lista de documentos que serían válidos para probar la estancia de tres años en España en un procedimiento o trámite de arraigo social o familiar previsto en el Artículo 45.2 del Reglamento de Extranjería.
Esta no es una lista cerrada, los documentos o ‘prueba documental’ que aquí se citan son a modo de ejemplo, valiendo como prueba de la estancia en España, no solo cualquier documento sino todas aquellas pruebas que nuestra normativa considera válidas en Derecho Español.
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Nov. 24
Qué es
Qué es la Apostilla de la Haya y para qué sirve:
A través de la denominada Apostilla de la Haya un país firmante del Convenio de la Haya reconoce la eficacia jurídica de un documento público emitido en otro país firmante de dicho Convenio.
El trámite de legalización única -denominada apostilla- consiste en colocar sobre el propio documento público una apostilla o anotación que certificará la autenticidad de los documentos públicos expedidos en otro país. Los países firmantes del XII Convenio de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado de 5 de octubre de 1961 reconocen por consiguiente la autenticidad de los documentos que se han expedido en otros países y llevan la apostilla.
La Apostilla de la Haya suprime el requisito de legalización diplomática y consular de los documentos públicos que se originen en un país del Convenio y que se pretendan utilizar en otro. Los documentos emitidos en un país del Convenio que hayan sido certificados por una apostilla deberán ser reconocidos en cualquier otro país del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticación.
Documentos a los que se aplica: documentos públicos
La apostilla puede aplicarse en:
a) Documentos dimanantes de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un secretario, oficial o agente judicial.
b) Documentos administrativos.
c) Certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como la certificación del registro de un documento, la certificación sobre la certeza de una fecha y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado.
Sin embargo, no se aplicará a:
a) A los documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares.
b) A los documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera.
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Nov. 23

ANTON DE LA CALLE ABOGADOS Y ASOCIADOS
Como es habitual en nuestra web, de vez en cuando os presentamos a profesionales del derecho de extranjería que sin duda en algún momento podríais necesitar.
En esta ocasión tenemos el gusto de presentaros a Anton de la Calle y su despacho, fundado en 1986 en Oviedo con dedicación exclusiva al Derecho de Extranjería y Nacionalidad. Cualificación profesional y acreditada son la seña de identidad de todos los Letrados del bufete. Ofrecen sin duda experiencia, dedicación y fiabilidad. Despacho colaborador de diferentes instituciones sin ánimo de lucro relacionadas con esta materia.
Además, Antón adminsitra la web www.trabajodeextranjerosenespana.com, donde podemos acceder a sus servicios, entre los que se encuentran el de consultoría ONLINE.
Áreas de actuación.
1.- Nacionalidad Española. Especial atención en el momento actual a descendientes de españoles de origen.
2.- Trabajo y residencia en España. Tramitación de permisos. Visados.
3.- Inversiones de extranjeros en España.
4.- Trámites administrativos y judiciales. Asistencia urgente. Petición de certificados.
5.- Homologación de Títulos académicos y de grado.
6.- Adopción internacional.
PARA CONTACTAR CON ESTE DESPACHO DE ABOGADOS EXPERTOS EN DERECHO DE EXTRANJERIA, HAZ CLICK AQUI.
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