
La situación de paro en España afecta directamente a los empresarios que desean contratar a trabajadores extranjeros. Como podréis observar, para este trimestre se han reducido considerablemente las ocupaciones para las que pueden contratarse ciudadanos extranjeros.
Este catálogo , al que se alude en el artículo 50.a)del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre , contiene las ocupaciones en las que los Servicios Públicos de Empleo han encontrado dificultad para gestionar las ofertas de empleo que los empleadores les presentan cuando quieren cubrir puestos de trabajo vacantes.
El catálogo está desagregado por provincias, islas en el caso de las Comunidades Autónomas Baleares y Canarias y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, y tiene carácter trimestral, extendiéndose su vigencia desde el Segundo hasta el último día laborable del trimestre natural siguiente al de su publicación.
La presencia de una ocupación en el catálogo de la zona geográfica de que se trate, implica, para el empleador, la posibilidad de tramitar la autorización para residir y trabajar dirigida a un trabajador extranjero.
En el caso de que la ocupación no esté incluída en el catálogo, el empleador deberá presentar una oferta en la oficina de empleo.
CATALOGO COMPLETO POR PROVINCIAS
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Ocupaciones de difícil cobertura. Por ejemplo, peluquero de perros, o sepulturero. Bodeguero vinícola así aparece o bailarín de salas de fiesta. También heladero. Cada tres meses, el Servicio Público de Empleo Estatal elabora un catálogo de ocupaciones de difícil cobertura. Son puestos de trabajo que, por una determinada circunstancia, en una provincia concreta, o en muchas, no se encuentran personas dispuestas a asumir esas funciones. Y son ofrecidas a extranjeros.