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Hoy en día la población extranjera ha adquirido un peso importante en la sociedad española. Esto trae consigo grandes oportunidades de desarrollo personal para todos ellos, si bien no se puede olvidar que, llegado el momento, el deseo mayor de cualquier persona es la repatriación en caso de fallecimiento a su país de origen. En estas circunstancias, se calcula que el coste total de la repatriación puede alcanzar los 6.000 euros, lo que muchas veces significa un desembolso imposible para muchas familias.

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Estamos hoy en directo en nuestro canal de televisón por internet para responder dudas sobre el arraigo social. Solo de 6 a 7,30 de la tarde.

Arraigo Social

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Autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales.

Ver también Arraigo Laboral.
Videotutorial. Rellenar solicitud de arraigo social y familiar.

1. De conformidad con el artículo 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero , en atención a las circunstancias excepcionales que concurran, se podrá conceder una autorización de residencia temporal a los extranjeros que se hallen en España en los supuestos determinados en este artículo, siempre que no haya mala fe del solicitante.

2. Se podrá conceder una autorización de residencia por razones de arraigo, en los siguientes supuestos:

  1. Por arraigo laboral, podrán obtener una autorización los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un período mínimo de dos años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen, y que demuestren la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a un año.
  2. A los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un período mínimo de tres años, siempre que carezcan de antecedentes penales en España y en su país de origen, cuenten con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario en el momento de la solicitud cuya duración no sea inferior a un año y bien acrediten vínculos familiares con otros extranjeros residentes, bien presenten un informe que acredite su inserción social emitido por el ayuntamiento en el que tenga su domicilio habitual.A estos efectos, los vínculos familiares se entenderán referidos exclusivamente a los cónyuges, ascendientes y descendientes en línea directa.
  3. Cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

3. Se podrá conceder una autorización por razones de protección internacional a las personas a las que el Ministro del Interior, a propuesta de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio, haya autorizado la permanencia en España conforme a lo previsto en el artículo 17.2 de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado , en los términos previstos en el artículo 31.3 de su reglamento de aplicación , así como a los extranjeros desplazados en el sentido regulado por el Reglamento sobre régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas, aprobado por el Real Decreto 1325/2003, de 24 de octubre . Asimismo, se podrá conceder una autorización de residencia temporal en los casos a los que se refieren los artículos 31.4 y 34.1 del Reglamento de aplicación de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado.

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Asociación Virgen del Cisne

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http://www.parainmigrantes.info te muestra el stand de la Asociación Virgen del Cisne en Integra Madrid 2008, la mayor feria para inmigrantes de España.

La Asociación Virgen del Cisne coordina un aspecto fundamental de la población ecuatoriana, cual es la fe mariana muy arraigada desde la época colonial y que se ha constituido en parte integrante de la religiosidad popular.

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65.000 personas se beneficiaron este año de la reagrupación familiar

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Un total de 65.861 inmigrantes han llegado este año a España a través de la reagrupación familiar, de los que 19.510 son de Marruecos y 9.683 de Ecuador, según datos oficiales del Gobierno a fecha del 31 de agosto.

Tras los marroquíes y ecuatorianos, los colectivos de inmigrantes más numerosos que entraron España por tener familiares directos residiendo legalmente en este país son: colombianos (8.346), chinos (5.094), peruanos (5.025), dominicanos (3.474), paquistaníes (2.666), ucranianos (1.259), bolivianos (1.037), e indios (1.008).

Las provincias que más extranjeros acogieron son, por este orden: Barcelona (15.426), Madrid (10.127), Murcia (3.621), Baleares (2.939), Valencia (2.801), Tarragona (2.626), Alicante (2.504), Zaragoza (1.965), Girona (1.700), Las Palmas (1.428), Málaga (1.290), Navarra (1.184), Cantabria (1.172), Toledo (1.162) y Lleida (1.082). De entre todos los que llegaron, la mitad eran menores de 18 años.

Estos mismos datos señalan que el año pasado entraron en España por medio de la reagrupación familiar un total de 128.161 extranjeros, siendo también los colectivos más numerosos los marroquíes (37.025) y ecuatorianos (21.937).

La Ley de Extranjería establece que el inmigrante que lleve residiendo legalmente en España al menos un año puede solicitar la concesión de un permiso de residencia para su cónyuge, sus hijos menores de edad o incapacitados, sus padres y sus suegros. Una vez que éstos han recibido un permiso de residencia independiente del de su reagrupador, pueden a su vez ejercer el derecho a reagrupar.

CORBACHO QUIERE RESTRINGIR LA REAGRUPACIÓN

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Trámites Extranjería

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Cita Previa Nacionalidad Nietos Españoles

Arraigo Social

Arraigo Social: documentos válidos

Instrucción sobre Nacionalidad de Nietos

Apostilla de la Haya

Reagrupación Familiar. Requisitos y trámite.

Listado Registros Civiles de España y enlaces para trámites del Registro Civil

Matrimonio entre un español y un extranjero. Requisitos y trámite.

Renovar la tarjeta de residencia

La Prórroga de Estancia

Guia de Extranjería de Arag

Videotutorial de ayuda para rellenar solicitud permiso de trabajo y residencia

Impreso de solicitud visado Shengen

Nuevos formularios de Extranjería.

El Empadronamiento

Trabajo para estudiantes extranjeros en España

Reagrupación familiar régimen comunitario. Documentación Visado

Partidas de Nacimiento Online

Trámites Online en el Consulado de España en Buenos Aires

Guía Nacionalidad (incluido nietos de Españoles) - Trámite desde España

Guía Nacionalidad para Nietos de Españoles - Trámite desde fuera de España

Guia para obtener el permiso de trabajo en España

Videotutorial de ayuda para rellenar solicitud permiso de trabajo

Permiso de Trabajo y Paro. Situación Nacional de Empleo …

Canje de Permisos de Conducir Extranjeros en España …

Extranjeros en el Ejercito Español : Parainmigrantes.info

Sorteo de un viaje a tu país esta Navidad

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Arraigo Social: documentos válidos

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Ahora que se habla mucho de los documentos que valieron para regularizar a los extranjeros en el año 2000 (famoso ‘bonobus’ o ‘abono de transportes’) y de los que valieron para la normalización del 2005, os dejamos una lista de documentos que serían válidos para probar la estancia de tres años en España en un procedimiento o trámite de arraigo social o familiar previsto en el Artículo 45.2 del Reglamento de Extranjería.

Esta no es una lista cerrada, los documentos o ‘prueba documental’ que aquí se citan son a modo de ejemplo, valiendo como prueba de la estancia en España, no solo cualquier documento sino todas aquellas pruebas que nuestra normativa considera válidas en Derecho Español.

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Los inmigrantes prefieren España pese a la CRISIS

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Muy bueno el artículo que publicaba el sábado finanzas.com y que aquí reprodicimos. Los inmigrantes lo están pasando mal con esto de la crisis, pero parece claro son pocos (en proporción) los que abandonarán España por motivo de la mala situación económica. Os dejamos el artículo:

Si alguien pensaba que los inmigrantes eran un pañuelo de usar y tirar para el mercado laboral, puede ir olvidándolo. Pese al deterioro de la situación económica en España, las condiciones de vida son aquí mejores que las que la mayoría de ellos dejaron en sus países de origen, así que no sólo rehusan marcharse en tiempos de crisis, sino que siguen aumentando su presencia entre nosotros, aunque su nivel de desempleo se acerca a pasos acelerados al 20% y avanza a un ritmo mucho más alto que la media.

En el último año los demandantes de un puesto de trabajo en las oficinas del Inem se han disparado un 86% -frente al 38% del conjunto del país- y ya suman 337.000, según datos de octubre. La Encuesta de Población Activa (EPA) estima el número de desocupados en 623.000 y cifra su incremento anual en un 64%, veinte puntos más que el promedio nacional. En un país azotado por el frenazo de la economía y la masiva destrucción de empleo, este colectivo mantiene un fuerte dinamismo y roza ya los tres millones de asalariados (2.947.900), de los que más de 850.000 no están dados de alta en la Seguridad Social.

En contra de la voluntad del Gobierno y de amplios sectores sociales, la llegada de extranjeros se sigue produciendo por tierra, mar y aire, mientras persiste un alto volumen de permisos de trabajo. Los negros nubarrones que se ciernen sobre el país no han hecho mella en una avalancha que ha adquirido en la última década una inercia muy difícil de contener. Esa presión sobre el mercado laboral ha contribuido a que, mientras el brusco frenazo de la actividad eliminaba 164.000 empleos en los últimos doce meses, los inmigrantes con colocación crecieran en 101.500. Los trabajadores autóctonos, que desde hace años parecen haber renunciado a ocupar los puestos más penosos y peor remunerados, sufrían una pérdida de 266.000 ocupaciones en ese periodo. Read the rest of this entry »

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