CONYUGE DE CIUDADANO COMUNITARIO
- 4 FORMULARIOS CON 4 FOTOGRAFIAS (PEGADAS EN CADA UNA DE LAS HOJAS DEL FORMULARIO)
- PASAPORTE, QUE NO VENZA ANTES DE CUATRO MESES. ORIGINAL Y FOTOCOPIA DE LA HOJA DONDE APARECE LA FOTOGRAFÍA Y LAS HOJAS DONDE APAREZCAN RECTIFICACIONES AL PASAPORTE. (NO VISAS NI SELLOS DE VIAJES).
- LIBRO DE FAMILIA para españoles y ciudadanos comunitarios cuyas autoridades lo expidan (ORIGINAL Y FOTOCOPIA)
- CERTIFICADO DE MATRIMONIO Apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del país donde se haya contraído matrimonio y certificación de la Embajada o Consulado del ciudadano comunitario que acredite que el matrimonio está registrado o es válido (en el caso de ciudadanos comunitarios que no cuenten con libro de familia), ORIGINAL y FOTOCOPIA.
- DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (D.N.I) O PASAPORTE DEL REAGRUPANTE ESPAÑOL o, en el caso de ciudadanos comunitarios no españoles, TARJETA DE RESIDENCIA O DOCUMENTO QUE ACREDITE SU RESIDENCIA EN ESPAÑA (ORIGINAL y FOTOCOPIA o fotocopia autenticada)
- ACTA DE MANIFESTACIONES. (ORIGINAL y FOTOCOPIA). Del cónyuge comunitario Suscrita ante notario público español, en la que manifieste que está de acuerdo en que su esposa/o vaya a vivir con él a España.(si el ciudadano español se encuentra en Colombia, puede hacer el acta de manifestaciones ante el funcionario del Consulado)
- BAJA CONSULAR (para españoles residentes en Colombia que se trasladen a vivir a España)
- EN EL CASO DE QUE EL REAGRUPANTE SEA JUBILADO, RENTISTA (NO ACTIVO) O ESTUDIANTE deberá presentar documentación que acredite los medios de subsistencia aportando (ORIGINAL y FOTOCOPIA) o fotocopias autenticadas de: Declaración de Hacienda del último ejercicio, justificación de ingresos y seguro Médico contra todo riesgo, que cubra a los familiares que desea reagrupar.
HIJOS DE CIUDADANO COMUNITARIO O DE SU CONYUGE menores de 21 años o a su cargo
- 4 FORMULARIOS CON 4 FOTOGRAFIAS (PEGADAS EN CADA UNA DE LAS HOJAS DEL FORMULARIO)
PASAPORTE, QUE NO VENZA ANTES DE CUATRO MESES. ORIGINAL Y FOTOCOPIA DE LA HOJA DONDE APARECE LA FOTOGRAFÍA Y LAS HOJAS DONDE APAREZCAN RECTIFICACIONES AL PASAPORTE. (NO VISAS NI SELLOS DE VIAJES). - LIBRO DE FAMILIA para españoles y ciudadanos comunitarios cuyas autoridades lo expidan (ORIGINAL Y FOTOCOPIA)
- CERTIFICADO DE MATRIMONIO Apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del país donde se haya contraído matrimonio y certificación de la Embajada o Consulado del ciudadano comunitario que acredite que el matrimonio está registrado o es válido (en el caso de ciudadanos comunitarios que no cuenten con libro de familia), ORIGINAL y FOTOCOPIA.
- DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (D.N.I) O PASAPORTE DEL REAGRUPANTE ESPAÑOL o, en el caso de ciudadanos comunitarios no españoles, TARJETA DE RESIDENCIA O DOCUMENTO QUE ACREDITE SU RESIDENCIA EN ESPAÑA (ORIGINAL y FOTOCOPIA o fotocopia autenticada)
- ACTA DE MANIFESTACIONES. (ORIGINAL y FOTOCOPIA). Del cónyuge comunitario Suscrita ante notario público español, en la que manifieste que está de acuerdo en que sus hijos o los de su cónyuge vayan a vivir con él a España.(si el ciudadano español se encuentra en Colombia, puede hacer el acta de manifestaciones ante el funcionario del Consulado)
- EN EL CASO DE MENORES LA SOLICITUD DEBERA SER PRESENTADA POR SUS PADRES O REPRESENTANTE DEBIDAMENTE ACREDITADO MEDIANTE PODER NOTARIAL..
- REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO del hijo o hija. (ORIGINAL o fotocopia autenticada), apostillado
- PERMISO DE AMBOS PADRES O DE LA PERSONA QUE POSEA LA PATRIA POTESTAD del menor, suscrito ante notario, con la indicación expresa de que lo autoriza a “SALIR DELPAIS Y RESIDIR EN ESPAÑA CON SU PADRE O MADRE”. ( ORIGINAL Apostillado Y FOTOCOIA)
- BAJA CONSULAR (para españoles residentes en Colombia que se trasladen a vivir a España)
- EN EL CASO DE HIJOS MAYORES DE 21 AÑOS, PRUEBA DE SOSTENIMIENTO ECONOMICO POR PARTE DEL REAGRUPANTE O DE SU CONYUGE (ORIGINAL y FOTOCOPIA)
- EN EL CASO DE QUE EL REAGRUPANTE SEA JUBILADO, RENTISTA (NO ACTIVO) O ESTUDIANTE deberá presentar documentación que acredite los medios de subsistencia aportando (ORIGINAL y FOTOCOPIA) o fotocopias autenticadas de: Declaración de Hacienda del último ejercicio, justificación de ingresos y seguro Médico contra todo riesgo, que cubra a los familiares que desea reagrupar
PADRES DE CIUDADANO COMUNITARIO O DE SU CONYUGE
NOTA IMPORTANTE:
LOS INTERESADOS DISPONEN DE DOS MESES PARA SOLICITAR EL VISADO, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACION AL REAGRUPANTE DE LA RESOLUCION FAVORABLE.
- 4 FORMULARIOS CON 4 FOTOGRAFIAS (PEGADAS EN CADA UNA DE LAS HOJAS DEL FORMULARIO)
- PASAPORTE, QUE NO VENZA ANTES DE CUATRO MESES. ORIGINAL Y FOTOCOPIA DE LA HOJA DONDE APARECE LA FOTOGRAFÍA Y LAS HOJAS DONDE APAREZCAN RECTIFICACIONES AL PASAPORTE. (NO VISAS NI SELLOS DE VIAJES).
- COPIA DE LA RESOLUCION FAVORABLE, (que debe solicitar el reagrupante en la Delegación o Subdelegación de Gobierno de la provincia española en la que resida
- PASAPORTE DEL REAGRUPANTE FOTOCOPIA de la hoja dónde aparece la fotografía.
- REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO DEL REAGRUPANTE (o el del cónyuge si se va a reagrupar a los suegros) (ORIGINAL APOSTILLADO y FOTOCOPIA)
- REGISTRO CIVIL DE MATRIMONIO DE LOS REAGRUPANTES (ORIGINAL APOSTILLADO Y FOTOCOPIA) si se va a reagrupar a los suegros.
- ACREDITACION DE QUE EL REAGRUPANTE HA TRANSFERIDO FONDOS O SOPORTADO GASTOS DE SU FAMILIA, QUE DEMUESTREN UNA DEPENDENCIA ECONOMICA EFECTIVA, AL MENOS DURANTE EL ULTIMO AÑO DE SU RESIDENCIA EN ESPAÑA (ORIGINAL y FOTOCOPIA)
- Copias de las transferencias o giros bancarios que hayan realizado los hijos desde España a nombre de alguno de los padres o suegros, según sea el caso, durante al menos el último año de residencia en España, de forma regular continuada y por un valor demostrado, suficiente para el sostenimiento del reagrupado. No se admiten relaciones de envíos, solamente comprobantes individuales
- PASADO JUDICIAL expedido por el D.A.S (ORIGINAL APOSTILLADO Y FOTOCOPIA)
- CERTIFICADO MEDICO EXPEDIDO EN COLOMBIA por uno de los Centros Médicos autorizados por el Consulado. (ORIGINAL Y FOTOCOPIA) (Ver directorio de Clinicentros)









Soy ciudadana de origen ecuatoriano,naconaliza también española desde el 2005 por derecho a residencia legal.Actualmente estoy en Ecuador en la ciudad de Loja,visitando mi hijo y mis padres.
Quiero saber que es lo que tengo que hacer para poder llevar a mi hijo de 10 años, que tuve en soltera en Ecuador en 1998, y lo deje a cargo de mis padres con 1 año de edad .
Está reconocido por el padre que es ecuatoriano, que no me a permitido reagruparlo en anterior ocación,en el 2005 cuando aún tenía permiso de residencia y de trabajo. me salió favorable la reagrupación familiar otorgandoseme su número de permiso de residencia.Envíe todo ello con poder a mi madrecita para que continuara aca en la embajada española su visado de salida; pero su padre no me consintió la salida del país del niño. Sin embargo élno se preocupa del niño para nada; estándo todo el tiempo criándose con mis padres y yo aportando económicamrnte con su manutención,educación y bienestar.Manteniendo de parte mía una relación afectuosa y cariñosa como madre por teléfono e internet y viniendo a verlo cada año.
Actualmente cuento con la privación de la Patria Potestal contra el padre,otorgada por el Jusgado de la Niñez y Adoecencia; También cuento con una procuracíon judicial manifestando mi deseo de reagruparlo,elaborada por Notario español y sellada por el Colegio de Notarios y el AYA de España,tego el DNI español, eL Libro de Familia en el que he hecho inscribir mi actual matrimonio que se selebró aquí en Ecuador en el 2004, con un ciudadano ecuatoriano residente permanente en España.
En España en la Delegación de ciudadano comunitario me dijeron que el trámite de reagrupación de hijo de ciudadano comunitario, se tramita primeramente desde el país de origen del niño.Ruego que por favor se me informe que es lo que tengo que hacer ahora que estoy aquí y que él tramite me sea brebe.No tengo pasaje de regreso hasta no poder serciorarme si todo se me facilite para poser llevarlo conmigo a España
ATENTAMENTE: ALICIA ALVAREZ PARDO 35603488V
TELÉFONO DE CASA EN LOJA 072570578
alicia no se en tupais como sean las leyes de menores aca en colombia si se tiene una demanda al padre del hijo por manuntencion y si tienes como demostrar que el nunca ha aportado nada para tu hijo por notaria te dan el permiso de saliday ante un juez de familia mi consejo es que primero averigues en alguna institucion que tenga que ver con los menores
hola ,tengo residencia comunitaria y me han negado el visado de mis hijas porque estuvo un tiempo ilegal en españa
HOLA..SOY BRAZILEÑO
TENGO PERMISSO DE RESIDENÇIA Y TRAB ESPAÑOLA
QUIERO TRAER MI MADRE
PUEDO PONER ELLA COM REAGRUPAÇION FAMILIAR
Y QUE DOCUMENTOS NESSEÇITOS POR PARTE DE ELLA Y LOS MIOS
GRAÇIAS
AGRADECERÉ INFORMACIÓN PARA QUE MI ESPOSA COLOMBIANA Y SU HIJO PUEDAN OBTENER LA VISA YA QUE ESTAMOS CASADOS DESDE EL 11 DE DICIEMBRE DE 2008 Y TENEMOS EL LIBRO DE FAMILIA ENTREGADO POR EL CONSULADO ESPAÑOL EL 25 DE JUNIO DE 2009.
TENEMOS PREVISTO VIAJAR A ESPAÑA EN BREVE AUNQUE RESIDIREMOS EN COLOMBIA.
UN CORDIAL SALUDO
hola soy peruana tengo nacionalidad española quiero traer ah mi madre y ah mis hermanos menores de edad que debo hacer cuales son los requicitos que debo seguir para traerlos .
hola mi consulta va de que yo he solicitado la patria potestad de mi hermana que tiene sindrome de down ella tiene 31 añs y yo tengo 28 solicite ya que los papeles de mi madre ya estan listos ella va ha venir y no tenemos familiares directos ella queda a cargo de una suegra de mi hermano lo que yo quiero saber si tengo posibilidades por favor ayudenme estoy desesperada. tenego la nacionalidad española llevo 9 años en España; mi hermana esta en el Ecuador nosotros somos 8 hermanos todos estamos corriendo con los gastos de mi madre y de mi hermana por favor avisenme gracias