Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. España.
Nuestro consulado en Bogotá da este aviso en su página web:
ESTUDIANTES. AVISO MUY IMPORTANTE
A partir del 15 de septiembre de 2007, todas las personas solicitantes de visado de estudios pueden presentar la documentación en este Consulado General sin necesidad de cita previa, en el horario comprendido entre las 7:30 y las 10 horas de la mañana, de lunes a jueves.
Antes de continuar con otra información, por favor, lea atentamente estas Recomendaciones Generales.
En el caso de que Usted tenga cita obtenida por Internet, es recomendable que se presente a la hora fijada. Una vez efectuado el ingreso a nuestras oficinas, el tiempo de demora en la tramitación de su solicitud de visado puede ser de hasta 2 horas.
Las solicitudes de visado deben ser presentadas personalmente por el solicitante -o representante debidamente acreditado mediante poder notarial, según los casos- con toda la documentación requerida, que no puede ser enviada por fax ni por correo.
Los ciudadanos Españoles ó Comunitarios no necesitan presentarse al Consulado para los trámites de visado de reagrupación de sus familiares.
En el caso de los menores, los trámites pueden ser realizados mediante representante debidamente acreditado.
Es necesario el informe previo del/la Subdelegado/a del Gobierno para viajar a España por motivos de vacaciones o tratamiento médico en el caso de menores que no viajen con sus padres (art.93 del R.D. 2393/2004).
El Consulado agradece presentar todos los documentos que figuran en los requisitos. La concesión del visado depende no obstante de la valoración y el estudio de cada una de las solicitudes.
El Consulado puede pedir documentos adicionales a los que figuran en los requisitos si lo considerara necesario.
Únicamente se expiden visados con múltiples entradas cuando el solicitante demuestre que va a salir del espacio Schengen y volver a entrar en el mismo.
El formulario de solicitud, la presentación de los documentos, la tramitación y la entrega del visado no tienen costo alguno. Únicamente están sometidos a tasas consulares los visados de corta duración. El Consulado General de España no reconoce la figura de “tramitadores externos”. Se ruega no realizar pagos para solicitar información o para realizar cualquier trámite. El acceso al consulado, el formulario, los requisitos y la información son gratuitos.
El visado se entrega únicamente al titular del mismo en el Consulado General de España en Bogotá.
No debe comprar el pasaje antes de conocer la fecha de entrega del visado, ya que ello le podrÃa ocasionar la perdida de su dinero.
La presentación de documentos falsos para cualquier tipo de trámite generará la responsabilidad y los efectos legales oportunos.


















HOLA COMO ESTAN MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE SOY COLOMBIANA CASADA CON ESPAÑOL YA TENEMOS LIBRO DE FAMILIA MI ESPOSO ME MANDO CARTA DE INVITACION EN SEPTIEMBRE PASADO PARA IR A ESPAÑA Y NO ME ACEPTARON LOS PAPELES ALLA EN ESPAÑA LE DICEN A EL QUE TENGO QUE IR AL CONSULADO ESPAÑOL EN BOGOTA Y YO MISMA DECIR QUE DESEO VIAJAR A ESPAÑA QUE NO HAY NECESIDAD DE REAGRUPAR PERO YO HE LEIDO EN INTERNET Y SALE LO CONTRARIO POR FAVOR AYUDENME
Muchas gracias por las informaciones recibidas,gracias a Dios me aprobaron la visa de reagrupaciòn familiar ,mi esposo lleva nueve años y mis hijas tres,nos qu7eda una hija que esta terminando medicina en colombia y mi nieto de tres años,seguiremos intentando por ellos para tener una fa ilia unida.
hola mi nombre es william mi caso es que tengo doble nacionalidad y tanto la colombiana como la española y e contraido matrimonio en colombia y mi pregunta es que requisitos nesesito para traerme a mi espoza desde colombia a españa espero respuestas grasias
hola, tengo un hijo nacido en españa con doble nacionalidad, colombiana, sus papeles se vencen en julio de este año. el niño tiene5 años, mi pregunta es que documeentos debemos llevar para renovar sus papeles? vivimos en cali. muchas gracias por suayuda