Guia de Extranjería de Arag

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Actualmente ARAG es la primera compañía de Defensa Jurídica Especializada de España, con más de treinta oficinas propias repartidas por todo el territorio. El volumen de primas supera los 100 millones de euros gracias a la confianza de ocho millones de clientes.

En su web podemos encontrar una interesante guía sobre trámites de extranjería que puede resultar realmente útil. Podéis descargarla desde el siguiente enlace.

A través de esta Guía se estructuran los puntos más importantes en cuanto a Extranjería se refiere, con la finalidad de que pueda servir de guía útil a cualquier persona que desconozca los trámites, situaciones, conceptos y regulación vigente referente a este tema.

Contenidos de la guía.

- Derechos de los Extranjeros en España
- ¿Qué es el Contingente?
- ¿En qué situaciones legales puede encontrarse un extranjero?
- Permisos de Residencia
- La Reagrupación Familiar
- Los Visados
- ¿Se puede obtener la nacionalidad española por residencia?
- Trámites para obtener la nacionalidad
- Derecho a optar por la nacionalidad española directamente

Guía Extranjeria

Unos 10.000 inmigrantes desempleados se acogerán al retorno voluntario cobrando el paro.

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El pasado 2 de Octubre el Congreso aprobó, con el respaldo mayoritario de los grupos, excepto PP e IU-ICV, el decreto del Gobierno que permitirá a los inmigrantes sin trabajo que retornen voluntariamente cobrar la prestación por desempleo en dos plazos, el 40% en España y el 60% en el país de origen.

Según los cálculos de Corbacho, unos 100. inmigrantes desempleados solicitarán esta prestación antes de retornar a sus países.El ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, calculó hoy que entre 8.700 y 13.050 inmigrantes en paro se acogerán al decreto de retorno voluntario puesto en marcha por el Gobierno para que este colectivo pueda capitalizar la prestación de desempleo a la que tienen derecho y volver a su país de origen si no tienen “esperanzas de encontrar trabajo en un futuro próximo”.

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Concejalías de Inmigración

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Está claro que la Inmigración en España es un fenómeno de radical importancia. Desde hace algún tiempo se han estado creando oficinas específicas para atención al inmigrante en muchas localidades españolas, nuestro Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ahora se llama Ministerio de Trabajo e Inmigración, etc.

Un ejemplo del papel que juegan los inmigrantes en nuestra sociedad es la creación de concejalías especificas de inmigración.

En la localidad de Torrejón se ha creado una Concejalía de Inmigración como ejemplo de todo esto. Os dejamos la noticia de “Gacetas Locales”.

Torrejón estrena Concejalía de Inmigración

El consejero de Inmigración de la Comunidad, Javier Fernández-Lasquetty y el alcalde de Torrejón, Pedro Rollán, inauguraron la nueva Concejalía de Inmigración de la localidad.
Torrejón de Ardoz estrenó la Concejalía de Inmigración, un paso más en la integración de los extranjeros en el municipio.

El consejero de Inmigración, Javier Fernández-Lasquetty, acompañó al alcalde de la localidad, Pedro Rollán, en la inauguración de este órgano que se encargará en adelante de las políticas de inmigración de Torrejón de Ardoz. Seguir leyendo »

SOLO SE PODRA REAGRUPAR A LOS PADRES PASADOS 5 AÑOS DE RESIDENCIA EN ESPAÑA

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Corbacho anuncia una reforma de la Ley de Extranjería antes de fin de año

fuente: 20minutos.es

* Afectará principalmente a la reagrupación familiar.
* Los inmigrantes sólo podrán solicitar que vengan sus ascendientes tras cinco años de residencia permanente en España.
* Permitirá trabajar a los hijos de entre 16 y 18 años.

El ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, ha anunciado este miércoles que antes de que finalice el año el Gobierno presentará en el Congreso de los Diputados una propuesta de reforma de la Ley de Extranjería. El objetivo: “Quitar algunas contradicciones en materia de reagrupación familiar”.

“Estamos obligados a hacer una reforma de la Ley de Extranjería para incorporar una sentencia del Tribunal Constitucional” sobre ampliación de derechos fundamentales de los inmigrantes, y “también unas directivas de la Unión Europea”, explicó en el programa de TVE “59 segundos”.

A los chicos de entre 16 y 18 años, que vienen en edad laboral, no se les permite trabajar, y hay que quitar esa contradicción

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Impreso de solicitud visado Shengen

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A petición de muchos de nuestros visitantes, os dejamos el formulario de solicitud de visado Shengen.

DESCARGAR FORMULARIO

1. Los extranjeros que se propongan entrar en territorio español deberán ir provistos del correspondiente visado, válidamente expedido y en vigor, extendido en sus pasaportes o documentos de viaje o, en su caso, en documento aparte, salvo lo dispuesto en el apartado siguiente.
2. Para estancias de hasta tres meses en un período de seis o para tránsitos de menos de cinco días, no necesitarán visado:
a) Los nacionales de países con los que se haya acordado su supresión, en la forma y condiciones establecidas en el acuerdo correspondiente.
b) Los extranjeros que tengan la condición de refugiados y estén documentados como tales por un país signatario del Acuerdo Europeo número 31, de 20 de abril de 1959, relativo a la exención de los visados para refugiados.
c) Los miembros de las tripulaciones de barcos de pasaje y comerciales extranjeros, cuando se hallen documentados con un documento de identidad de la gente del mar en vigor y sólo durante la escala del barco o cuando se encuentre en tránsito para embarcar hacia otro país.
d) Los miembros de las tripulaciones de aviones comerciales extranjeros que estén documentados como tales mediante la tarjeta de miembro de la tripulación durante la escala de su aeronave o entre dos escalas de vuelos regulares consecutivos de la misma compañía aérea a que pertenezca la aeronave.
e) Los extranjeros titulares de una autorización de residencia, una autorización provisional de residencia o una tarjeta de acreditación diplomática, expedidos por las autoridades de otro Estado con el que España haya suscrito un acuerdo internacional que contemple esta posibilidad. Estas autorizaciones habrán de tener una vigencia mínima igual al plazo de estancia, o de la duración del tránsito, previsto en el momento de solicitar la entrada.
3. No precisarán visado para entrar en territorio español los extranjeros titulares de una tarjeta de identidad de extranjero, de una tarjeta de estudiante extranjero, de una tarjeta de acreditación diplomática, o de la autorización de regreso prevista en el artículo 18 ni los titulares de una tarjeta de trabajador transfronterizo respecto a la entrada en el territorio español que forma frontera con el país del trabajador, siempre que las autorizaciones que acreditan dichos documentos hayan sido expedidas por las autoridades españolas y estén vigentes en el momento de solicitar la entrada. Seguir leyendo »

Las víctimas inmigrantes de explotación sexual tendrán 30 días para denunciar sin que puedan ser expulsadas

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(EUROPA PRESS)

Las inmigrantes clandestinas víctimas en España de explotación sexual tendrán un plazo de 30 días para decidirse a denunciar sin que “en ningún caso” se las pueda expulsar del territorio y recibirán apoyo legal y económico durante su deliberación, según el borrador del Plan Integral contra la Trata de personas que presentó ayer en Madrid la ministra de Igualdad, Bibiana Aído.

Aunque aún está por precisar la cuantía económica que percibirán las víctimas durante este “periodo de reflexión” o el modo en que serán protegidas, Aído señaló que el objetivo es que “estén perfectamente atendidas” y que “se sientan con una mayor libertad” para colaborar con la justicia en la persecución de los explotadores.

Aído, que se reunió ayer con representantes de ONG especializadas en la materia para presentar los detalles de la iniciativa, adelantó además que las víctimas podrán recibir asistencia letrada gratuita con intérpretes en su idioma así como medidas especiales de protección tanto para las denunciantes como para sus testigos.

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Denuncia de una inmigrante argentina en Youtube

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Elisa Graciela Stauffer, de nacionalidad argentina, está usando Youtube para denunciar un presunto caso de corrupción en la Comunidad Valenciana.

La verdad es que todo lo que cuenta en sus videos parece cosa de una película de ficción.

Os dejamos el enlace para visionar dichos videos.

Especialistas en contratar en origen

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Gaceta.es

Casi un millar de empresas captan inmigrantes para trabajar a través de una institución española.

Cuando un inmigrante llega a nuestro país, no busca un trabajo con un horario flexible y un salario digno. Sólo dinero para comer y un sitio donde vivir. Muchas de estas personas poseen “licenciaturas y experiencia” en su campo, explica Bárbara Marqués, gerente de la Fundación San Ezequiel González. “Una vez que cubren sus necesidades les ayudamos a formarse. Algunos han pasado de ser camareros a tener un trabajo cualificado en derecho, psicología…”, para lo que se formaron en su país. Marqués destacó el caso de unas trabajadoras que llegaron a la fundación. Empezaron como auxiliares administrativas y ahora llevan todas las gestiones de contabilidad.

Esta institución fue constituida en marzo de 2001 “pensando un poco en el hueco que existía en el mercado laboral”, declara Marqués, así que “se creó una entidad que pudiera dar ayuda tanto a empresas como a inmigrantes”, intermediar entre ambas partes. En un principio sólo estaba presente en Aragón, hasta que en 2007 decidieron abrir un sede en Madrid para ampliar sus servicios.

Asesoría y soluciones
Las ayudas que ofrece esta institución consisten en asesorar jurídicamente a la hora de contratar para que tengan todos los papeles en regla o en solucionar “las dificultades entre trabajadores inmigrantes y españoles, derivadas de las diferentes culturas”, afirma Marqués. También ayudan al extranjero a buscar una vivienda y a realizar las gestiones necesarias para convertirse en uno más, como la apertura de una cuenta bancaria o la obtención de la tarjeta sanitaria.

La fundación acude al mercado laboral para contratar tanto a españoles como a inmigrantes, y, “si no se encuentra el perfil que se busca, se acude a la contratación en origen”. Es ahí donde se exige una cualificación, “pero sobre todo, que tengan ganas de trabajar y de adaptarse a la filosofía de la empresa”. Marqués asegura que los recién llegados muestran “predisposición a adaptarse a lo que la empresa pide”. En sus siete años de vida, la Fundación San Ezequiel Moreno ha atendido a 6.500 personas, de las cuales, casi un 50% ha encontrado trabajo estable. Seguir leyendo »

Consulado de Venezuela en Madrid. Trámite de Inscripción Consular.

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consulado de venezuela en madrid

¿Quienes se pueden inscribir?

Si usted es ciudadano venezolano y vive, estudia o trabaja en alguna de las siguientes Comunidades Autónomas: Madrid; Castilla y León; Castilla La Mancha; Extremadura; Murcia o Andalucía, puede registrarte en el Consulado General de Venezuela en Madrid con el fin de poder prestarle asistencia en cualquier momento que usted lo requiera. El registro tiene un carácter estrictamente confidencial.

El Registro Consular no suple al Registro Electoral Permanente.

¿Cuáles son los requisitos?

Los requisitos exigidos para su registro en esta Misión Consular son los siguientes:

* Presentar la Planilla de solicitud de Registro de Venezolanos, que puede obtener siguiendo este enlace, complementada sin tachaduras y en letra legible. El único requerimiento para poder ver o imprimir esta
planilla es que usted tenga instalado el programa ADOBE ACROBAT READER.
* Copia de las dos (2) primera páginas de su pasaporte (donde se encuentren sus datos personales, huella dactilar y datos de emisión).
* El solicitante debe presentar original y copia legible del comprobante de empadronamiento, que demuestre su residencia, en cualquier Comunidad Autónoma de la circunscripción de esta Misión Consular.
* Los venezolanos por naturalización deberán aportar copia de la gaceta oficial o de aquellos documentos en los que se demuestre el hecho de su naturalización y adjuntar la planilla de control de venezolanos por naturalización, complementada sin tachaduras y en letra legible. Dicha planilla la puede obtener siguiendo este enlace.

El Registro en esta Misión Consular está exonerado de pago.

¿Como registrarse en el Consulado?

Para realizar este trámite debe acudir a la sede de este consulado, sin previa cita, con todos los recaudos, a las 9:30 horas. Tome en cuenta que con la intención de poder atender adecuada y eficazmente a los usuarios que demandan los servicios administrativos de este Consulado General, se ha implementado un sistema de atención al público que conlleva a que diariamente se reparte un número a las 50 personas que serán atendidas ese día.

Si todo esta correcto le indicarán cuando debe volver para retirar la Constancia de su Inscripción Consular.

Este trámite se puede realizar por correo, enviando en un sobre:

*Una carta solicitando la emisión de la Constancia de su Inscripción Consular, con sus datos de contacto.

*Un sobre prepagado, tamaño Americano (que puede adquirir en cualquier oficina de correo), y donde debe escribir su dirección personal como destinatario para remitirle la Constancia de Registro Consular

*Todos los requisitos que correspondan.

IMPORTANTE: Si decide hacer su solicitud por correo, y no remite todos los recaudos, no se hará el trámite, y el material recibido será destruido.


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