Qué es
Qué es la Apostilla de la Haya y para qué sirve:
A través de la denominada Apostilla de la Haya un paÃs firmante del Convenio de la Haya reconoce la eficacia jurÃdica de un documento público emitido en otro paÃs firmante de dicho Convenio.
El trámite de legalización única -denominada apostilla- consiste en colocar sobre el propio documento público una apostilla o anotación que certificará la autenticidad de los documentos públicos expedidos en otro paÃs. Los paÃses firmantes del XII Convenio de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado de 5 de octubre de 1961 reconocen por consiguiente la autenticidad de los documentos que se han expedido en otros paÃses y llevan la apostilla.
La Apostilla de la Haya suprime el requisito de legalización diplomática y consular de los documentos públicos que se originen en un paÃs del Convenio y que se pretendan utilizar en otro. Los documentos emitidos en un paÃs del Convenio que hayan sido certificados por una apostilla deberán ser reconocidos en cualquier otro paÃs del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticación.
Documentos a los que se aplica: documentos públicos
La apostilla puede aplicarse en:
a) Documentos dimanantes de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un secretario, oficial o agente judicial.
b) Documentos administrativos.
c) Certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como la certificación del registro de un documento, la certificación sobre la certeza de una fecha y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado.
Sin embargo, no se aplicará a:
a) A los documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares.
b) A los documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera.
PaÃses firmantes del Convenio :
Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bielorrusia, Bosnia, Herzegovina, Botswana, Brunei, Darussalam, Bulgaria, Chipre, Colombia, Croacia, Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Federación de Rusia, Fidji, Finlandia, Francia, Grecia, HungrÃa, Irlanda, Isla Marshall, Isla Mauricio, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Luxemburgo, Macedonia, Antigua República Yugoslava, Malawi, Malta, México, Namibia, Niue, Noruega, PaÃses Bajos, Panamá, Portugal, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, RumanÃa, San Cristóbal y Nieves, San Marino, Seychelles, Sudáfrica, Suiza, Surinam, Swazilandia, Tonga, TurquÃa,UcranÃa y Venezuela.
Quién puede solicitarlo
Solicitud de Apostilla de la Haya
La Apostilla de la Haya la puede solicitar cualquier persona portadora de un documento publico cuya autenticidad desee certificar.
Autoridades competentes
Dependiendo de la naturaleza del documento público de que se trate, en España son tres las “Autoridades apostillantes”, cuya competencia para cada caso en particular se establece acudiendo a las siguientes reglas:
1. Para apostillar documentos emitidos por autoridades judiciales competentes:La autoridad apostillante competente será el Secretario de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.
AsÃ, el secretario del Tribunal Superior de Justicia podrá apostillar documentos tales como autos, sentencias y demás providencias emanadas de cualquier autoridad judicial, de cualquier instancia (Juzgados, Audiencias Provinciales, Tribunales Superiores de Justicia) y de todas las ramas de la jurisdicción (civil, penal, social, contencioso administrativa).
Tribunales Superiores de Justicia en las Comunidades Autónomas, provincias en las que es competente:
· AndalucÃa: Pza. Nueva. 18014. Granada. Tfno. 958 00 26 02.
· Aragón: C/ Coso, 1. 50071. Zaragoza. Tfno. 976 20 84 00.
· Asturias: Plaza Porlier, s/n. 33071. Oviedo. Tfno. 98 52 11 996.
· Baleares: Plaça des Mercat, 12. 07071. Palma de Mallorca. Tfno. 971 72 12 39.
· Canarias: Pza. San AgustÃn, 6 Vegueta. 35071. Las Palmas de Gran Canaria. Tfno. 928 32 50 00.
· Cantabria: Avda. Pedro San MartÃn, s/n. 39071. Santander. Tfno. 942 35 71 18.
· Castilla la Mancha: C/ San AgustÃn, 1. 02071. Albacete. Tfno. 967 59 65 03.
· Castilla y León: Avenida de la Isla, 10. 09071. Burgos. Tfno. 947 200 909.
· Cataluña: Ps. LluÃs Companys, 14-16. 08071. Barcelona. Tfno. 93 486 61 83.
· Comunidad Valenciana: C/ Palacio de Justicia, s/n. 46071. Valencia. Tfno. 96 387 81 00.
· Extremadura: Plaza de la Audiencia,1. 10071. Cáceres. Tfno. 927 62 02 01.
· Galicia: Pza. Galicia, s/n. 15071. La Coruña. Tfno. 981 18 20 54.
· La Rioja: C/ VÃctor Pradera, 2. 26071. Logroño. Tfno. 941 29 64 02.
· Madrid: Gral. Carlos Castaños, 1. 28071. Madrid. Tfno. 91 397 17 55.
· Murcia: Ronda de Garay, 5. 30071. Murcia. Tfno. 968 22 91 05.
· Navarra: C/ San Roque, 4. 31071. Pamplona. Tfno. 848 42 40 56.
· PaÃs Vasco: C/ Buenos Aires, 6. 48071. Bilbao. Tfno. 94 401 66 53.
2. Documentos autorizados notarialmente y documentos privados cuyas firmas hayan sido legitimadas por Notario:
· La autoridad apostillante competente será el Decano del Colegio Notarial respectivo o miembro de su Junta Directiva.
o Direcciones y teléfonos de los Colegios Notariales de España
3. Para apostillar documentos de la Administración Central:La autoridad apostillante competente es el Jefe de la Sección Central de la SubsecretarÃa del Ministerio de Justicia. El Ministerio de Justicia está ubicado en la siguiente dirección: C/ San Bernardo, 45, entrada por la C/Manzana, 2.28015. Madrid.(horario: Lunes a Viernes, de 9 a 17:30 horas y Sábados, de 9 a 14 horas). La solicitud puede hacerse de forma presencial o por correo, remitiendo la solicitud por correo certificado a las siguientes señas: Registro General del Ministerio de Justicia, San Bernardo 45, 28015 Madrid
La Administración Central del Estado está integrada por los órganos que extienden su competencia a todo el ámbito territorial del Estado. Se trata de los Ministerios o sus Organismos Dependientes, y únicamente los documentos expedidos por ellos deben ser apostillados por el Ministerio de Justicia en Madrid.
4. Para apostillar documentos públicos de las restantes Administraciones: Periférica (Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en cada Comunidad Autónoma y/o Provincia), Autonómica, Provincial, Municipal y Órganos Autónomos de la Administración Central:
Será autoridad apostillante competente, a elección del interesado, cualquiera de las mencionadas en los apartados 1 y 2 , es decir, o el Secretario de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia o el Decano del Colegio de Notarios.
Normativa aplicable
· Convenio de La Haya de 1961, sobre eliminación del Requisito de la Legalización de Documentos Públicos Extranjeros.
Cómo presentarlo
fuente: sitios de españa









Tengo un diploma español: DEA y necesito apostillarlo en España, ¿dónde y cómo se hace esto? Actualmento vivo en Colombia
Tengo una sentencia de divorcio del servicio judicial de la republica dominicana con legalizacion en el año 2004 por parte del Consulado General, la Procuraduria general y la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores pero no hace mencion a la Apostilla de la Haya.
Desde cuando es obligada para la Republica dominicana y que debo hacer, pues no sé si es valida esta legalizacion o necesito la apostilla de forma obligatoria.
Donde puedo acudir?
Muchas gracias
Buenos dias! soy argentina y necesito convalidar mi carnet de conducir aqui, me piden que tengo que traer un certificado de la haya, pero me es imposible viajar a argentina, quiero saber si hay alguna solucion para mi problema, muchas gracias, espero su respuesta.-
Andrea.-
hola me podian contar a que parte debo acudir en madrid para apostillar un poder para un divorsion en colombia, gracias espero su respuesta.
me qustaria saber si TRINIDAD Y TOBAGO esta en el convenio de la HAYA